Las concesionarias y empresas dedicadas a la compra-venta de vehículos deberán poner foco en los clientes que realicen operaciones por más de $ 300 mi
Las concesionarias y empresas dedicadas a la compra-venta de vehículos deberán poner foco en los clientes que realicen operaciones por más de $ 300 mil anuales, entre las nuevas exigencias de la Unidad de Información Financiera (UIF) contra el lavado de dinero.
La resolución 31 de la UIF se ajusta a las 40 recomendaciones del Grupo de Acción Financiera Internacional (FATF/ GAFI) aprobadas en el 2003, las 9 recomendaciones especiales del GAFI sobre Financiamiento del Terrorismo, y a otros antecedentes internacionales en materia de Lavado de Activos y de Financiación del Terrorismo.
También fueron consideradas para el dictado de la norma publicada las presentaciones de la Asociación de Concesionarios de Automotores, de la Cámara del Comercio Automotor y de la Federación de Asociaciones y Cámaras del comercio automotor.
La norma aprueba el procedimiento que deberán llevar adelante las «personas físicas o jurídicas cuya actividad habitual sea la compraventa de automóviles, camiones, motos, ómnibus y microómnibus, tractores, maquinaria agrícola y vial».
«Conozca a su cliente» es un lema que las empresas deberán tener en cuenta, según consta en el artículo 11 del capítulo tres sobre política de identificación y conocimientos del cliente.
«La política de Conozca a su Cliente será condición indispensable para iniciar o continuar la relación comercial o contractual con el mismo», cita el artículo 11.
Precisa que las operadoras de compra y venta deben observar que su cliente «no se encuentre incluido en los listados de terroristas y/u organizaciones terroristas», y para quienes realicen operaciones por un monto anual que alcance o supere los 300.000 pesos, tienen que establecer un perfil de cliente, con información relativa a la situación económica, patrimonial, financiera y tributaria, entre otros datos.
FUENTE: AMBITO.COM 14/02/2012