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Circular Informativa Nº529-2020

Circular Informativa Nº529-2020 Area REGISTRAL Tema CONSTATACIÓN DE FOJAS NOTARIALES DE ESCRIBANOS DE SANTIAGO DEL ESTERO No

Circular Informativa
Nº529-2020
Area
REGISTRAL
Tema
CONSTATACIÓN DE FOJAS NOTARIALES DE ESCRIBANOS DE SANTIAGO DEL ESTERO
Norma
 
Publicación
 
Fecha
19/11/2020
 
República Argentina – Poder Ejecutivo Nacional
2020 – Año del General Manuel Belgrano
Circular
 
Número: IF-2020-80159655-APN-DNRNPACP#MJ
CIUDAD DE BUENOS AIRES
Jueves 19 de noviembre de 2020
Referencia: EX-2020-80111858- -APN-DNRNPACP#MJ constatación de Fojas Notariales de Escribanos de Santiago del Estero

CIRCULAR D.N. N° 30/2020
 
SEÑOR/A ENCARGADO/A, INTERVENTOR/A
Me dirijo a usted en relación con el sistema de constatación de folios de Actuaciones Notariales utilizadas en las certificaciones de firmas practicadas por Escribanos Públicos matriculados en el COLEGIO DE ESCRIBANOS DE LA PROVINCIA DE SANTIAGO DEL ESTERO oportunamente implementado, con el fin de poner en su conocimiento la suspensión de esa obligación respecto de los folios expedidos por Escribanos de ese Colegio.
Dicha medida obedece a que el mencionado Colegio ha indicado el día 18 de noviembre del 2020, que por encontrarse en cumplimiento del protocolo sanitario establecido por el COVID-19, no podrá prestar los servicios vinculados con las obligaciones asumidas en el Convenio de Colaboración suscripto con esta Dirección Nacional por el término de 14 días. Por ello, a partir del 20 de noviembre y hasta que así lo informe esta Dirección Nacional a través del SURA queda suspendida la obligación prescripta en el Digesto de Normas Técnico-Registrales, Título I, Capítulo XI, Sección 3a, artículo 5o, respecto de las certificaciones efectuadas por los Escribanos matriculados en esa jurisdicción.
En virtud de lo expuesto se solicita extremar los recaudos para controlar que las fojas de Actuación Notarial utilizadas por Escribanos de ese Colegio cumplan con las medidas de seguridad correspondientes.
Saludo a Ud. atentamente.
A LOS REGISTROS SECCIONALES DE LA PROPIEDAD DEL AUTOMOTOR, CON COMPETENCIA
EXCLUSIVA EN MOTOVEHÍCULOS Y CON COMPETENCIA EXCLUSIVA SOBRE MAQUINARIA
AGRÍCOLA, VIAL O INDUSTRIAL Y CRÉDITOS PRENDARIOS.
María Eugenia DORO URQUIZA
Directora Nacional
Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad
Automotor y de Créditos Prendarios
Ministerio de Justicia y Derechos Humanos
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