Circular Informativa Nº486-2021 Area REGISTRAL Tema LICENCIA PARA CONFIGURACION AMBIENTAL MOTOVEHICULOS Norma Publicaci
Circular Informativa
Nº486-2021
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Area
REGISTRAL
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Tema
LICENCIA PARA CONFIGURACION AMBIENTAL MOTOVEHICULOS
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Norma
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Publicación
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Fecha
16/12/2021
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República Argentina – Poder Ejecutivo Nacional
2021 – Año de Homenaje al Premio Nobel de Medicina Dr. César Milstein
Nota
Número: IF-2021-121685937-APN-DNRNPACP#MJ
CIUDAD DE BUENOS AIRES
Miercoles 15 de diciembre de 2021
Referencia: EX-2021-120805399-APN-DNRNPACP#MJ
CIRCULAR DN Nº 18/2021
SEÑORES/AS ENCARGADOS/AS E INTERVENTORES/AS:
Me dirijo a ustedes a fin de ampliar lo oportunamente informado mediante Circular D.N. 10/21, con relación a la
exigencia de la Licencia para Configuración Ambiental (LCA) para motovehículos, en el marco de la suspensión
de la vigencia de las previsiones contenidas en la Resolución N° RESOL-2018-42-APN-SGAYDS#SGP del 24 de
octubre de 2018, dispuesta por su similar N° RESOL-2019-460-APN-SGAYDS#SGP del 2 de diciembre de
2019.
En ese contexto, por comunicación oficial enviada por el Subsecretario de Fiscalización y Recomposición del
Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible se nos ha informado que la solicitud y emisión de las LCA se
canalizará a través del sistema Trámites a Distancia y Registro Legajo Multipropósito, cuyos formularios aún se
encuentran en etapa de aprobación e implementación.
Por esa razón, los Registros Seccionales no deberán exigir ese requisito hasta tanto así les sea indicado por esta
Dirección Nacional.
exigencia de la Licencia para Configuración Ambiental (LCA) para motovehículos, en el marco de la suspensión
de la vigencia de las previsiones contenidas en la Resolución N° RESOL-2018-42-APN-SGAYDS#SGP del 24 de
octubre de 2018, dispuesta por su similar N° RESOL-2019-460-APN-SGAYDS#SGP del 2 de diciembre de
2019.
En ese contexto, por comunicación oficial enviada por el Subsecretario de Fiscalización y Recomposición del
Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible se nos ha informado que la solicitud y emisión de las LCA se
canalizará a través del sistema Trámites a Distancia y Registro Legajo Multipropósito, cuyos formularios aún se
encuentran en etapa de aprobación e implementación.
Por esa razón, los Registros Seccionales no deberán exigir ese requisito hasta tanto así les sea indicado por esta
Dirección Nacional.
Saludo a Uds. atentamente.
A LOS REGISTROS SECCIONALES DE LA PROPIEDAD DEL AUTOMOTOR
CON COMPETENCIA EXCLUSIVA EN MOTOVEHÍCULOS
S / D
CON COMPETENCIA EXCLUSIVA EN MOTOVEHÍCULOS
S / D
Viviana Perczyc
Jefa de Departamento
Dirección de Registros Seccionales
Ministerio de Justicia y Derechos Humanos