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Circular Informativa Nº450-2021

Circular Informativa Nº450-2021 Area REGISTRAL Tema CIR DN 11 2021 MODIFICACIÓN TURNERO Norma Publicación Fecha 1

Circular Informativa
Nº450-2021
Area
REGISTRAL
Tema
CIR DN 11 2021 MODIFICACIÓN TURNERO
Norma
Publicación
Fecha
16/09/2021
República Argentina – Poder Ejecutivo Nacional
2021 – Año de Homenaje al Premio Nobel de Medicina Dr. César Milstein
Circular  
 
Número: IF-2021-86757682-APN-DNRPACP#MJ
CIUDAD DE BUENOS AIRES
Miércoles 15 de Septiembre de 2021
Referencia: EX-2021-86752990-APN-DR#MJ- Modificaciones en el turnero.

CIRCULAR D.N. N° 11/2021
SEÑORES/AS ENCARGADOS/AS E INTERVENTORES/AS
Tengo el agrado de dirigirme a ustedes con relación a la sobre demanda imperante en el sistema de turnos a través del cual se canaliza la atención del público en general y de los Mandatarios Matriculados en las sedes de los Registros Seccionales, ya sea para peticionar un trámite o para retirar la documentación resultante de esa petición.
Al respecto, en primer lugar se informa que a partir del 7 de octubre de 2021 no se otorgarán más turnos para el retiro de documentación resultante de los trámites registrales. No obstante ello, deberán respetarse los turnos ya asignados para esas diligencias.
En esa senda, desde la fecha de la presente resultará tarea del/de la funcionario/a a cargo del Registro Seccional organizar la entrega de documentación a los peticionarios y mandatarios respetando el cumplimiento de las normas sanitarias dictadas en el marco de la declaración de pandemia emitida por la Organización Mundial de la Salud (OMS). A tal fin, deberá administrar -utilizando medios telefónicos, electrónicos o personal en ocasión del ingreso del trámite- la manera en que se llevará a cabo la entrega teniendo en cuenta los plazos de inscripción establecidos por la normativa vigente para cada supuesto, y en procura de resolver el retiro con la mayor inmediatez.
Por otra parte, se indica que a partir del día 16 de septiembre de 2021 se habilitará un nuevo admisor de trámites para la mesa diferenciada, lo que implicará la duplicación de los turnos diarios disponibles en el sistema para los Mandatarios Matriculados.
A su vez, dichos Mandatarios contarán con la posibilidad de presentar hasta CUATRO (4) trámites más, además de aquél que precargaran para solicitar el turno -CINCO (5) en total por turno-, siempre que las peticiones se hicieren de conformidad con lo expresamente previsto en el D.N.T.R. Título I, Capítulo XII Sección 3ª, artículo 12, último párrafo, que indica que “(…) La mesa diferenciada no recibirá consultas y las presentaciones que se hagan deberán estar completas con arreglo a la normativa vigente (…)”. Sin perjuicio de ello, si el tiempo asignado al turno así lo permitiere, se podrán admitir aún más peticiones.
Por último, se pone de resalto que ninguna de las limitaciones previstas, tanto en la presente como en las anteriores circulares referidas a la atención por turnos, resultarán de aplicación para los trámites de inscripción inicial, los que podrán ser ingresados conjuntamente con cualquier petición y en la cantidad que se requiera ante la mesa de entradas o la mesa diferenciada Ministerio de Justicia y Derechos Humanos.
María Eugenia DORO URQUIZA
Directora Nacional
Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad del
Automotor  y de Créditos Prendarios
Ministerio de Justicia Y derechos Humanos