Circular Informativa Nº278-2022 Area REGISTRAL Tema EXENCIÓN SELLOS LEASING CÓRDOBARADOS Norma Publicación Fecha
Circular Informativa
Nº278-2022
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Area
REGISTRAL
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Tema
EXENCIÓN SELLOS LEASING CÓRDOBARADOS
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Norma
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Publicación
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Fecha
03/10/2022
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República Argentina – Poder Ejecutivo Nacional
Las Malvinas son argentinas
Circular
Número: IF-2022-104493865-APN-DFCG#MJ
CIUDAD DE BUENOS AIRES
Viernes 30 de septiembre de 2022
Referencia: DTO. 484/2022 EXENCIÓN – LEASING IMPUESTO DE SELLOS CORDOBA
CIRCULAR DR 40
SEÑORES ENCARGADOS E INTERVENTORES
Me dirijo a ustedes, en el marco del Convenio de Complementación de Servicios suscripto con fecha 8 de marzo de 2016 entre ésta DIRECCIÓN NACIONAL y el Gobierno de la Provincia de CÓRDOBA.
En tal sentido, la Dirección General de Rentas de la Provincia de Córdoba remitió la Nota DJRAF N° 057/2022 informando los alcances del Decreto N°484/2022 que se transcribe a continuación:
ARTICULO 1º .- EXÍMESE del pago del Impuesto de Sellos a los contratos de leasing que revistan las modalidades previstas en el art. 1231, incisos a), b), c) y e) del Código Civil y Comercial de la Nación, siempre que el tomador destine el bien objeto de los mismos, al desarrollo de sus actividades económicas.
ARTCIULO 2.- FACÚLTASE a la Dirección General de Rentas a dictar las normas reglamentarias que considere necesarias para la aplicación de lo dispuesto en el presente Decreto.
Como puede observarse, el mencionado decreto establece que la exención está supeditada al destino del bien (“siempre que el tomador destine el bien objeto de los mismos al desarrollo de las actividades económicas”).
La Dirección General de Rentas, en el Anexo III de la Resolución Normativa 1/2021, establece que:
“Deberá constar en el contrato de leasing que el tomador destina el bien al desarrollo de sus actividades económicas”.
Para la correcta registración de estas operaciones en los Registros Seccionales, se deberá presentar constancia de exención emitida por la DGR o certificado expedido por bancos y entidades financieras en los casos en que estos operen como dadores en los contratos de leasing y que a su vez sean Agentes de Retención del Impuesto de Sellos.
A LOS SEÑORES ENCARGADOS E INTERVENTORES DE LOS REGISTROS SECCIONALES DE
LA PROPIEDAD DEL AUTOMOTOR, DE LOS CON COMPETENCIA EXCLUSIVA EN
MOTOVEHÍCULOS Y DE LOS CON COMPETENCIA EXCLUSIVA SOBRE MAQUINARIA
AGRÍCOLA, VIAL O INDUSTRIAL Y DE CRÉDITOS PRENDARIOS DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
Ricardo Jorge Berger
Jefe de Departamento
Dirección de Fiscalización y Control de Gestión
Ministerio de Justicia y Derechos Humanos