Circular Informativa Nº 212-2020 Area IMPOSITIVA Tema GANANCIAS Y BIENES PERSONALES. TRABAJADORES EN RELACIÓN DE DEPENDENCIA, JUBIL
Circular Informativa
Nº 212-2020
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Area
IMPOSITIVA
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Tema
GANANCIAS Y BIENES PERSONALES. TRABAJADORES EN RELACIÓN DE DEPENDENCIA, JUBILADOS, ACTORES Y OTROS. SE PRORROGA HASTA EL 31/8/2020 LA PRESENTACIÓN DE LA DECLARACIÓN JURADA INFORMATIVA
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Norma
RESOLUCIÓN GENERAL (AFIP) 4767
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Publicación
B. O.
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Fecha
27/07/2020
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Art. 1 – Los beneficiarios de las rentas comprendidas en el artículo 1 de la resolución general 4003, sus modificatorias y complementarias -sean estas gravadas, exentas y/o no alcanzadas-, obtenidas en el año fiscal 2019, deberán informar a este Organismo lo detallado en los incisos a) y b) del artículo 14 de la citada resolución, siempre que el importe bruto de las rentas en cuestión resulte igual o superior a dos millones de pesos ($ 2.000.000).
Art. 2 – Los beneficiarios de las ganancias comprendidas en el régimen de la resolución general 2442, sus modificatorias y complementarias, se encuentran obligados a informar a este Organismo lo detallado en los puntos 1 y 2 del inciso b) del artículo 8 de la mencionada resolución, cuando hubieran obtenido durante el año fiscal 2019 ganancias brutas totales por un importe igual o superior a dos millones de pesos ($ 2.000.000).
Art. 3 – La presentación de las declaraciones juradas informativas aludidas en los artículos 1 y 2, correspondientes al período fiscal 2019, podrá efectuarse -con carácter de excepción- hasta el 31 de agosto de 2020, inclusive.
Art. 4 – Las disposiciones de esta resolución general entrarán en vigencia el día de su publicación en el Boletín Oficial y resultarán de aplicación para el período fiscal 2019.
Art. 5 – De forma.