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Circular Informativa Nº 202-2020

Circular Informativa Nº 202-2020 Area IMPOSITIVA Tema MINI PLAN. SALDO DE LAS DECLARACIONES JURADAS DEL IMPUESTO A LAS GANANCIAS Y

Circular Informativa
Nº 202-2020
Area
IMPOSITIVA
Tema
MINI PLAN. SALDO DE LAS DECLARACIONES JURADAS DEL IMPUESTO A LAS GANANCIAS Y SOBRE LOS BIENES PERSONALES DEL PERIODO 2019. SE PODRÁ REGULARIZAR SIN TENER EN CUENTA LA CATEGORÍA DE SIPER
Norma
RESOLUCIÓN GENERAL (AFIP) 4758
Publicación
 B. O. 
Fecha
17/07/2020
 
Art. 1 – Establecer con carácter de excepción y hasta el 31 de agosto de 2020, inclusive, que las obligaciones de los impuestos a las ganancias y sobre los bienes personales correspondientes al período fiscal 2019, de las personas humanas y sucesiones indivisas comprendidas en las resoluciones generales 975 y 2151, sus respectivas modificatorias y complementarias, se podrán regularizar en los términos de la resolución general 4057, su modificatoria y sus complementarias, en hasta tres (3) cuotas, con un pago a cuenta del veinticinco por ciento (25%) y a la tasa de financiamiento prevista en dicha norma, sin considerar la categoría del “Sistema de Perfil de Riesgo (SIPER)” -aprobado por la RG 3985- en la que dichos sujetos se encuentren incluidos.  
 
Art. 2 – Sustituir en el artículo 4 de la resolución general 4714 y su modificatoria, la expresión “…hasta el día 30 de junio de 2020…”, por la expresión “…hasta el día 31 de agosto de 2020…”.  
 
Art. 3 – Las disposiciones de esta resolución general entrarán en vigencia el día de su publicación en el Boletín Oficial.
 
Art. 4 – De forma.