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Circular Informativa Nº 160-2020

Circular Informativa Nº 160-2020 Area SOCIEDADES Tema LA DIRECCIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS HABILITA LA PRESENTACIÓN DE DOCUMENTACIÓN

Circular Informativa
Nº 160-2020
Area
SOCIEDADES
Tema
LA DIRECCIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS HABILITA LA PRESENTACIÓN DE DOCUMENTACIÓN CONTABLE LEGALIZADA DIGITALMENTE
Norma
DISPOSICIÓN (DPPJ Bs. As.) 21/2020
Publicación
 B. O. 
Fecha
25/06/2020
 
Art. 1 – Admitir la presentación de todo informe, dictamen o certificación que expida un Profesional de Ciencias Económicas de la Provincia de Buenos Aires en trámites ante esta Dirección Provincial con la modalidad de legalización establecida por resolución MD 3119 de fecha 3 de abril de 2020, del Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Provincia de Buenos Aires, durante el período en que la misma se encuentre vigente.  
 
Art. 2 – La presentación de la documentación indicada en el artículo 1 para trámites materia de inscripción ante la Dirección Provincial de Personas Jurídicas deberá cumplir los siguientes parámetros:
a) Se deberá detallar en la minuta rogatoria de inicio del trámite respectivo, la documentación contable digital que será remitida por correo electrónico, identificando el profesional de Ciencias Económicas actuante junto con su tomo, folio y legajo ante el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Provincia de Buenos Aires.
b) La documentación contable deberá ser remitida por el solicitante, una vez iniciado el trámite ante esta Dirección Provincial, en formato digital con la respectiva legalización del Consejo de Ciencias Económicas de la Provincia de Buenos Aires de acuerdo a la resolución MD 3119 del 3/4/2020 a la casilla de correo electrónico: informesybalances.dppj.@mjus.gba.gob.ar identificando en el asunto la denominación de la entidad, número de expediente y el número de alcance y legajo asignado.
c) El Departamento de Auditoría Contable de esta Dirección Provincial procederá a verificar la documentación digital remitida a la casilla de correo electrónico ut supra indicada, validando las firmas digitales correspondientes, e incorporando el documento digital recibido en el legajo de la entidad en el Sistema TRAMIX, cumplido procederá a emitir su respectivo dictamen;
d) Para el caso en que la documentación digital remitida sea materia de inscripción, el Departamento de Auditoría Contable procederá de la manera indicada en el inciso anterior para validar la documentación e incorporarla al legajo de la entidad en el Sistema TRAMIX. Una vez validada la misma, deberá imprimir dos ejemplares de la documentación digital recibida, para ser agregadas al expediente en soporte papel, dejando constancia la señora jefa del Departamento Auditoría Contable que la impresión es reproducción fiel del documento digital que consta en el sistema TRAMIX y que fuera recibido por el procedimiento previsto en la presente disposición. Cumplido esto procederá a emitir su dictamen.  
 
Art. 3 – La presentación de la documentación indicada en el artículo 1 para los supuestos previstos en el Capítulo V del Título VI de la disposición DPPJ 45/2015 deberá cumplir los siguientes parámetros:
a) Se deberá detallar en la minuta rogatoria de inicio del trámite respectivo, la documentación contable digital que será remitida por correo electrónico, identificando el profesional de Ciencias Económicas actuante junto con su tomo, folio y legajo ante el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Provincia de Buenos Aires.
b) La documentación contable deberá ser remitida por el solicitante, una vez iniciado el trámite ante esta Dirección Provincial, en formato digital con la respectiva legalización del Consejo de Ciencias Económicas de la Provincia de Buenos Aires de acuerdo a la resolución MD 3119 del 3 de abril de 2020 a las siguientes casillas de correo electrónico: 1) Asociaciones Civiles: contralor.dppj@mjus.gba.gob.ar; 2) Fundaciones: inspecciones.dppj@mjus.gba.gob.ar; 3) Sociedades comprendidas en el artículo 299 de la ley 19550: inspecciones.dppj@mjus.gba.gob.ar; 4) Mutuales: mutuales.dppj@mjus.gba.gob.ar, identificando en el asunto la denominación de la entidad, número de expediente y el número de alcance y legajo asignado.
c) El Departamento interviniente de esta Dirección Provincial procederá a verificar la documentación digital recibida, validando las firmas digitales correspondientes, incorporando el documento digital recibido en el legajo de la entidad en el Sistema TRAMIX, cumplido procederá a emitir su respectivo dictamen.  
 
Art. 4 – Facúltase a los y las titulares de las Direcciones dependientes de esta Dirección Provincial a modificar, agregar o suprimir, dentro de sus respectivas competencias, los correos electrónicos a los que deben dirigirse las comunicaciones indicadas en la presente. Tales determinaciones deberán ser comunicadas a través de la página web del Organismo.  
 
Art. 5 – De forma.
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