Circular Informativa Nº 148-2020 Area LABORAL Tema CONTRATO DE TRABAJO. SE EXTIENDEN LOS PLAZOS DE SUSPENSIÓN POR FALTA DE TRABAJO
Circular Informativa
Nº 148-2020
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Area
LABORAL
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Tema
CONTRATO DE TRABAJO. SE EXTIENDEN LOS PLAZOS DE SUSPENSIÓN POR FALTA DE TRABAJO Y FUERZA MAYOR DISPUESTAS EN LOS TÉRMINOS DEL ARTÍCULO 223 BIS DE LA LCT
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Norma
DECRETO 529/2020
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Publicación
B. O.
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Fecha
10/06/2020
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Art. 1 – El presente decreto se dicta en el marco de la emergencia pública en materia económica, financiera, fiscal, administrativa, previsional, tarifaria, energética, sanitaria y social establecida por la ley 27541, la ampliación de la emergencia sanitaria dispuesta por el decreto 260/2020 y el decreto 297/2020 que estableció la medida de “aislamiento social, preventivo y obligatorio”, sus normas modificatorias y complementarias.
Art. 2 – Establécese que los límites temporales previstos por los artículos 220, 221 y 222 de la ley 20744 de contrato de trabajo (t.o. 1976) y sus modificatorias no regirán para las suspensiones por falta de trabajo y fuerza mayor dispuestas en los términos del artículo 223 bis de la ley, como consecuencia de la emergencia sanitaria, las que podrán extenderse hasta el cese del “aislamiento social, preventivo y obligatorio” establecido por el decreto 297/2020 y sus prórrogas.
Art. 3 – El presente decreto es de orden público.
Art. 4 – La presente medida entrará en vigencia el día de su publicación en el Boletín Oficial.
Art. 5 – Dése cuenta a la Comisión Bicameral Permanente del Honorable Congreso de la Nación.
Art. 6 – De forma.