Circular Informativa Nº 052-2020 Area LABORAL Tema CORONAVIRUS: SUSPENSIÓN DE LA OBLIGACIÓN DE PROCEDER AL CIERRE DE CUENTAS BANCARIA
Circular Informativa
Nº 052-2020
|
Area
LABORAL
|
Tema
CORONAVIRUS: SUSPENSIÓN DE LA OBLIGACIÓN DE PROCEDER AL CIERRE DE CUENTAS BANCARIAS POR RECHAZO DE CHEQUES POR FALTA DE FONDOS
|
||
Norma
DECRETO 312/2020
|
Publicación
B. O.
|
Fecha
25/03/2020
|
Art. 1 – Suspéndese hasta el 30 de abril de 2020, inclusive, la obligación de proceder al cierre de cuentas bancarias y a disponer la inhabilitación establecidas en el artículo 1 de la ley 25730, como así también la aplicación de las multas previstas en dicha norma.
Art. 2 – Suspéndese hasta el 30 de abril de 2020, inclusive, la obligación establecida en el artículo 12 de la ley 14499, respecto de que las instituciones crediticias requieran a los empleadores, en forma previa al otorgamiento de crédito, una constancia o declaración jurada de que no adeudan suma alguna en concepto de aportes y/o contribuciones, o que, habiéndose acogido a moratoria, se encuentran al día en el cumplimiento de la misma.
Art. 3 – Facúltase al Poder Ejecutivo Nacional a prorrogar las suspensiones dispuestas en los artículos 1 y 2 de este decreto, mientras subsista la situación de emergencia descripta en los considerandos de esta medida.
Art. 4 – La presente medida comenzará a regir a partir del día de su publicación en el Boletín Oficial.
Art. 5 – Dese cuenta a la Comisión Bicameral Permanente del Honorable Congreso de la Nación.
Art. 6 – De forma.