HomeCirculares

Circular Informativa N°169-2017

Circular Informativa N°169-2017 Área REGISTRAL   Tema CIRCULAR DN N° 39-2017 CARGA DE MERO PRESENTANTES WEB PARA COMERCIANTES

Circular Informativa

N°169-2017

Área

REGISTRAL

 

Tema

CIRCULAR DN N° 39-2017 CARGA DE MERO PRESENTANTES WEB PARA COMERCIANTES HABITUALISTAS

Norma 

 

Publicación

 

Fecha

02/10/2017

 

República Argentina – Poder Ejecutivo Nacional

2017 – Año de las Energías Renovables

Circular

 

 

Numero: IF-201 7-22568832-APN-DNRNPACP#MJ

CIUDAD DE BUENOS AIRES

Viernes 29 de Septiembre de 2017

 

Referencia: SRES. ENCARGADOS E INTERVENTORES EX-2017-22531212-APN-DFCG#MJ.

 

REF: DISP. D.N. N° 342/2017  

CIRCULAR D.N N° 39

 

SRES. ENCARGADOS E INTERVENTORES

 

Me dirijo a Usted en el marco de los procesos establecidos por conducto de la Disposición de referencia.

En tal sentido,  se adjuntan como Anexos I  y II  el instructivo de procedimientos elaborado por el Departamento Calidad de Gestión, al cual deberán ajustar su proceder los Encargados, Interventores de los Registros Seccionales y los Comerciantes Habitualitas.-

 

IF-2017-22558055-APN-DFCG#MJ.    

 

DE LOS REGISTROS SECCIONALES DE LA PROPIEDAD AUTOMOTOR,  

CON COMPETENCIA EXCLUSIVA EN MOTOVEHICULOS Y

CON COMPETENCIA EN MAQUINARIA AGRICOLA, VIAL E INDUSTRIAL, S/D

 

Deiapy synod by GESTION DOCUMENTAL ELECTRONICA – ODE ON: cn.

GESTIÓN DOCUMENTAL ELECTRONICA – ODE, c.AR. u. MINISTERIO OE MODERNIZACION,

ou.SECRETARÍA DE MODE RNIZACION ADMINISTRATIVA. serialNumber.CUIT 30715117561
Date: 2v17.I.rd.29 15:01.17 .03100′

 

Oscar Agost Carreño Subdirector

Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad del Automotor

y de Créditos Prendarios Ministerio de Justicia y Derechos Humanos

 

ANEXO I

DE LOS ENCARGADOS DE LOS REGISTROS SECCIONALES

 

Ante la solicitud de ingreso de cualquier trámite registral por un mero presentante el Encargado de Registro deberá:

  1. Ingresar al aplicativo del sistema Único de registración de automotores
    (SURA) validándose con el Certificado Electrónico Digital.
  2. Ir a «Tramites», «Admitir» y seleccionar el tramite que están peticionando.
  3. Seleccionar de las opción de Ia izquierda Ia opción «Presentante».
  4. En   Ia   nueva   pantalla   marcar  Ia  opción  que  corresponda:  «Mero Presentante» marcar esta opción e ingresar N° de documento y sexo.
  5. Hacer click en «buscar personas en RENAPER».
  6. Cuando se busca Ia información en RENAPER el aplicativo devuelve Ia cantidad de tramites presentados por Ia persona a nivel país.
  7. Si Ia cantidad de presentaciones efectuadas par esa persona en carácter de «Mero Presentante» superar la cantidad de SEIS (6) presentaciones efectuadas  en  el  periodo  comprendido  entre  los  días 23/10/2017  y31/12/2017 0,  QUINCE               (15) presentaciones en cualquier periodo anual Calendario (01/01   al31/12),   procederá  a   rechazar  la  presentación solicitada.
  8. Si el número de presentaciones efectuadas fueran inferior a SEIS         (6) para el periodo comprendido entre los días 23/10/2017 y 31/12/2017 0, QUINCE (15) en el año calendario (del 01/01  al 31/12), procederá a ingresar el tramite registral solicitado.
  9. En este momento el sistema contabilizara la presentación efectuada por el «Mero Presentante», a efectos de establecer los parámetros indicados en el  punto 7 u 8.
  10. En los supuestos que el presentante del tramite fuera dependiente de un
    Comerciante Habitualista (DNTR, Titulo I, Capitulo II, Sección la, Articulo  3, inciso b), registrar en el sistema el número de documento de aquel que presentare el tramite, este número seré relacionado por el sistema con el C.U.I.T. del Comerciante Habitualista, a efectos de establecer el control de forma que permita que esta presentación no se contabilice a los fines de las limitaciones del punto 8.

 

Es  decir  que  las  presentaciones  hechas  por dependientes  de Comerciantes Habitualistas requieren los controles en el sistema SURA pero no están alcanzadas por Ia limitación dispuesta para los «Mero presentantes».    

 

Excepciones

 

No deberá  realizarse el control y carga aludidos en el Anexo I en los siguientes casos:

  1. En los supuestos en que el presentante del tramite fuera un Mandatario  con matricula vigente a la fecha de petición, o bien un dependiente de aquel, debidamente inscripto como tal (DNTR, Titulo I, Capitulo II, Sección   1a, Articulo 3, inciso b). (Se deberá estar a los controles de forma en cuanto a Ia vigencia de Ia Matricula ya vigentes)

En  caso  que  la  matricula  estuviese  vencida  o  suspendida,  deberá rechazarse la presentación, pudiendo ser esta ingresada como por un «Mero  Presentante»  siempre  que  en  los  controles  de  rigor  no  haya superado el límite de operaciones.12. En   los   supuestos   que   se   tratare   de  familiares  ascendientes o descendientes en línea recta hasta el segundo grado, y cónyuge del titular registral, acreditando el vinculo que invocan.

  1. En  los  supuestos de tratarse de  un empleado de algún profesional conforme  lo  establecido  en el  DNTR,  Titulo  I,  Capitulo II,  Sección la, Articulo 3, inciso c) se acreditara el vinculo por medio de acta notarial de Ia cual deben surgir los CUMCUIL del empleador y del empleado. Asimismo se deberá dejar asentado en el Acta mencionada, Ia calidad profesional del
    autorizante y su número de matricula profesional.

En aquellas jurisdicciones en las cuales los colegios profesionales expidan algún tipo   de   «carnet»  individualizando  a   los  empleados  de   los profesionales, este será constancia suficiente para acreditar Ia vinculación.

Se exigirá  la colocación de un sello que lo identifique en el margen izquierdo de cada ejemplar de Ia Solicitud Tipo por Ia que se peticiona el tramite, cuidando de no alterar los datos en ellas consignados.

 

Ante cualquier tipo de duda y/o consulta que refieran a la aplicación de Ia presente, tienen a su disposición Ia dirección de correo calidaddeqestion@dnrpa.gov.ar con el fin de su pronta tramitación.- 

 

   
Anexo II

  DE LOS COMERCIANTES HABITUALISTAS

 

 

Los Comerciantes Habitualistas registradas en esta Dirección Nacional, a efectos de gozar de la excepción establecida en el Anexo I, punto 10 deberán:

  1. Ingresar a Ia pagina pública de esta Dirección Nacional a efectos de efectuar Ia declaración y carga de sus dependientes. Se les solicitara todos los datos filiatorios de aquellas personas que de conformidad a su relación de dependencia, actuaran en Ia presentación de los trámites registrales.
  2. Adjuntar escaneo del Último recibo de sueldo de la persona autorizada a actuar en nombre del Comerciante habitualista, en razón de su relación de dependencia, en Ia presentación de los tramites registrales.
Ante cualquier tipo de duda y/o consulta que refieran a Ia aplicación de  Ia presente,  tienen  a  su disposición  Ia dirección de correo calidaddeqestion@dnrpa.gov.ar con el fin de su pronta tramitación.- 

 

 

 

 

 

 

 

República Argentina – Poder Ejecutivo Nacional
2017 – AN) de las Energías Renovables

Hoja Adicional de Firmas

Anexo

 

Número: IF-2017-22558055-APN DFCG#MJ

CIUDAD DE BUENOS AIRES

Viemes 29 de Septiembre de 2017

 

Referencia: EX-2017-22531212-APN-DFCG#M1

 

 

El documento fue importado por el sistema GEDO con un total de 4 pagina/s.

 

 

DgesIly seaneb by GESTION DOCUMENTAL ELECTRONICA  GDE DN- ,..n.

Ge$TION DOCUMENTAL ELECTRONICA • GDE c-AR. o.MINISTERIO DE