Circular Informativa N°163-2017 Área REGISTRAL Tema CIRCULAR DN N° 36-2017 TURNOS WEB Norma Publicación Fe
Circular Informativa
N°163-2017
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Área
REGISTRAL
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Tema
CIRCULAR DN N° 36-2017 TURNOS WEB
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Norma
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Publicación
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Fecha
19/09/2017
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República Argentina – Poder Ejecutivo Nacional
2017 – Año de las Energías Renovables
Disposición
Número: IF-2017-20754873-APN-DNRNPACP#MJ
CIUDAD DE BUENOS AIRES
Lunes 18 de Septiembre de 2017
Referencia: EE-2017-20705647-APN-DFCG#MJ. TURNOS WEB/DISPOSICION DN N° 234/2016.
Circular DN N° 36
SEÑORES ENCARGADOS E INTERVENTORES
Me dirijo a Usted en el marco de la Disposición de referencia y la Circular D.N. Nº 27/2016, por medio de la cual se instrumentó el sistema de Turnos vía Web.
En tal sentido, atento a que el Artículo 2º de la mencionada Disposición establece que, “Los Registros Seccionales deberán asignar la cantidad de empleados necesarios y suficientes para la atención de las personas que concurran con un horario asignado por el sistema de turnos solicitados a través de la página
web de esta Dirección Nacional” y que, de conformidad a lo normado en el Anexo I de la Circular D.N Nº 27/2016 se reguló la designación del rol de “Admisores” por parte de los Señores Encargados de Registro, situación que en su aplicacion, generó diversas distorsiones e inobservancias que atentan en contra del
sistema implementado.
web de esta Dirección Nacional” y que, de conformidad a lo normado en el Anexo I de la Circular D.N Nº 27/2016 se reguló la designación del rol de “Admisores” por parte de los Señores Encargados de Registro, situación que en su aplicacion, generó diversas distorsiones e inobservancias que atentan en contra del
sistema implementado.
Las aludidas distorsiones e inobservancias operadas, generaron por parte de algunos Encargados de Registro, una coyuntura que resulta necesario corregir, a saber:
* Reducciones inconsistentes y sin fundamento de los horarios de Admisión.
* Carga de Admisores en días y franjas horarias limitadas, menor a las cuatro horas obligatorias.
* Cambios constantes, baja de Admisores sin el correspondiente alta de otro que garantizara la prestación.
* Reducciones inconsistentes y sin fundamento de los horarios de Admisión.
* Carga de Admisores en días y franjas horarias limitadas, menor a las cuatro horas obligatorias.
* Cambios constantes, baja de Admisores sin el correspondiente alta de otro que garantizara la prestación.
A tal efecto y con el objeto de garantizar los lineamientos generales y el espíritu de buen servicio propugnado por el Decreto Nº 434/2016, el Departamento de Servicios Informáticos de esta Dirección Nacional -a partir del dictado de la presente- determinará por cada Registro Seccional la cantidad de tres
(3) “Admisores”, en un rango de cuatro (4) horas diarias cada uno, lo que en principio generará una oferta pública de cuarenta y ocho (48) turnos por jornada.
(3) “Admisores”, en un rango de cuatro (4) horas diarias cada uno, lo que en principio generará una oferta pública de cuarenta y ocho (48) turnos por jornada.
Asimismo se les informa que en razón de la importancia que reviste el cumplimiento del “Sistema de Turnos” oportunamente implementado, la gestión de los mismos está siendo continuamente monitoreada por parte de esta DIRECCIÓN NACIONAL, a efectos de arbitrar las medidas necesarias y conducentes
para su correcto cumplimiento.
para su correcto cumplimiento.
DE LOS REGISTROS SECCIONALES DE LA PROPIEDAD DEL AUTOMOTOR
Y CON COMPETENCIA EXCLUSIVA EN MOTOVEHÍCULOS
S/D
Y CON COMPETENCIA EXCLUSIVA EN MOTOVEHÍCULOS
S/D
Carlos Gustavo Walter
Director Nacional
Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad del Automotor y de Créditos Prendarios
Ministerio de Justicia y Derechos Humanos
Ministerio de Justicia y Derechos Humanos