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Circular Informativa N°135 -2018

Circular Informativa N°135 -2018 Área  IMPOSITIVA Tema RATIFICACIÓN DE LA RESOLUCIÓN 913/2018 SOBRE AJUSTE POR INFLACIÓN: REEXPRESI

Circular Informativa
N°135 -2018
Área 
IMPOSITIVA
Tema
RATIFICACIÓN DE LA RESOLUCIÓN 913/2018 SOBRE AJUSTE POR INFLACIÓN: REEXPRESIÓN EN MONEDA HOMOGÉNEA. NO APLICACIÓN HASTA EL 30/9/2018
Norma
 RESOLUCIÓN (FACPCE) 536/2018
Publicación
 B.O
Fecha
10/10/2018
Art. 1 – Ratificar la resolución de Mesa Directiva 913/2018, estableciendo: 1 – La Sección 3.1 (Expresión en moneda homogénea) de la resolución técnica 17 (Normas Contables Profesionales. Desarrollo de cuestiones de aplicación general) y la Sección 2.6  (Expresión en moneda homogénea) de la resolución técnica 41 (Normas Contables Profesionales. Desarrollo de cuestiones de aplicación general: aspectos de reconocimiento y medición para entes pequeños y entes medianos) no se aplicarán a los estados contables correspondientes a ejercicios anuales cerrados a partir del 1/2/2018 y hasta el 30/6/2018 (ambas fechas inclusive) y sus correspondientes períodos intermedios, y no se aplicarán a los estados contables correspondientes a períodos intermedios cerrados en el mismo período.
 
TEXTO S/R. (FACPCE) 539/2018 TEXTO ANTERIOR El texto anterior decía: 1 – La Sección 3.1 (Expresión en moneda homogénea) de la resolución técnica 17 (Normas Contables Profesionales. Desarrollo de cuestiones de aplicación general) y la Sección 2.6 (Expresión en moneda homogénea) de la resolución técnica 41(Normas Contables Profesionales. Desarrollo de cuestiones de aplicación general: aspectos de reconocimiento y medición para entes pequeños y entes medianos) no se aplicarán a los estados contables correspondientes a ejercicios anuales cerrados a partir del 1/2/2018 y hasta el 30/9/2018 (ambas fechas inclusive) y sus correspondientes períodos intermedios, y no se aplicarán a los estados contables correspondientes a períodos intermedios cerrados en el mismo período.
 
TEXTO S/R. (FACPCE) 536/2018 2 – En consecuencia, en los estados contables definidos en al artículo anterior no se aplicará la reexpresión de la resolución técnica 6 “Estados Contables en Moneda Homogénea” (RT 6). 3 – Solicitar a CENCyA que realice un análisis de la interacción entre la resolución técnica 17 “Normas Contables Profesionales. Desarrollo de cuestiones de aplicación general” (RT 17) y la resolución técnica 41 “Normas Contables Profesionales. Desarrollo de cuestiones de aplicación general: aspectos de reconocimiento y medición para entes pequeños y entes medianos” (RT 41) con la resolución técnica 48 “Normas Contables Profesionales. Remedición de activos” (RT 48), en relación con la expresión de los estados contables en moneda homogénea.
 
Art. 2 – Recomendar a los Consejos Profesionales adheridos a esta Federación la aprobación de esta resolución en sus respectivas jurisdicciones de acuerdo con lo comprometido en el Acta de Tucumán del 4 de octubre de 2013.
 
Art. 3 – De forma.