Circular Informativa N°111-2019 Area IMPOSITIVA Tema SE REDUCE A LA MITAD EL IMPORTE DE LOS ANTICIPOS QUE DEBEN INGRESAR LAS PERSON
Circular Informativa
N°111-2019
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Area
IMPOSITIVA
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Tema
SE REDUCE A LA MITAD EL IMPORTE DE LOS ANTICIPOS QUE DEBEN INGRESAR LAS PERSONAS HUMANAS EN LOS MESES DE OCTUBRE Y DICIEMBRE DE 2019
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Norma
RESOLUCIÓN GENERAL (AFIP) 4547
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Publicación
B. O.
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Fecha
16/08/2019
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Art. 1 – Los importes de los anticipos segundo y tercero del período fiscal 2019 que deben ingresar las personas humanas y las sucesiones indivisas responsables del impuesto a las ganancias, cuyos vencimientos operan en los meses de octubre y diciembre de 2019, se calcularán aplicando el porcentaje del diez por ciento (10%), en sustitución del porcentaje previsto en el punto 2 del inciso b) del artículo 3 de la resolución general 4034, sus modificatorias y complementarias.
Asimismo, resultará de aplicación lo dispuesto en el artículo 6 de la citada norma.
Art. 2 – Las disposiciones de esta resolución general entrarán en vigencia el día de su publicación en el Boletín Oficial.
Art. 3 – De forma.