Circular Informativa N°102-2014 Área LABORAL Tema EMPLEADOS DE COMERCIO, CCT 130/1975. ASIGNACIÓN NO REMUNERATIVA DE $ 2400. PRIMERA CUOTA. PAGO
Circular Informativa
N°102-2014 Área
LABORAL
Tema
EMPLEADOS DE COMERCIO, CCT 130/1975. ASIGNACIÓN NO REMUNERATIVA DE $ 2400. PRIMERA CUOTA. PAGO DE LA DIFERENCIA EN OCTUBRE 2014
Norma
Publicación
B.O. Fecha
24/10/2014
Recordamos que a través del último acuerdo salarial de la actividad mercantil homologado por la resolución (ST) 626/2014 se acordó el pago de una asignación por única vez, con carácter extraordinario y no remunerativo de $ 2.400 en dos cuotas iguales de $ 1.200 en los meses de julio y noviembre de 2014, respectivamente.
En este sentido, las partes representativas de la actividad arribaron a un nuevo acuerdo convencional, el cual se encuentra pendiente de homologación, que establece que aquellos empleadores que hubieran abonado de manera incompleta la primera cuota de la referida asignación no remunerativa, deberán abonar la diferencia hasta completar la suma de $ 1200 con la liquidación de salarios correspondientes al mes de octubre 2014.
Asimismo, se aclara que la segunda cuota de $ 1200 se deberá abonar de manera íntegra conjuntamente con los salarios de noviembre 2014, independientemente de la extensión de la jornada laboral.