Circular Informativa N°079-2016 Área IMPOSITIVA Tema Regímenes de información por operaciones con automotores, inmuebles, bienes muebles registrable
Circular Informativa
N°079-2016
Área
IMPOSITIVA
Tema
Regímenes de información por operaciones con automotores, inmuebles, bienes muebles registrables, embarcaciones, aeronaves y maquinarias. Adecuación de importes a partir de julio de 2016
Norma
RG (AFIP) 3904
Publicación
B.O.
Fecha
12/07/2016
Art. 1 – Sustitúyense en los incisos a) y b) del artículo 2 de la resolución general 2032 y sus modificatorias, las expresiones “…treinta mil pesos ($ 30.000) de tratarse de vehículos automotores usados…” y “…ocho mil pesos ($ 8.000) cuando se trate de motovehículos usados”, por las expresiones “…cien mil pesos ($ 100.000) de tratarse de vehículos automotores usados” y “…veintisiete mil pesos ($ 27.000) cuando se trate de motovehículos usados”, respectivamente. CAPÍTULO B – NEGOCIACIÓN, OFERTA Y TRANSFERENCIA DE BIENES INMUEBLES. “CÓDIGO DE OFERTA DE TRANSFERENCIA DE INMUEBLES” (COTI)
Art. 2 – Sustitúyese en el primer párrafo del artículo 3 de la resolución general 2371, sus modificatorias y complementarias, la expresión “…seiscientos mil pesos ($ 600.000)”, por la expresión “…un millón quinientos mil pesos ($ 1.500.000)”.
CAPÍTULO C – TRANSFERENCIA DE BIENES MUEBLES REGISTRABLES. VEHÍCULOS AUTOMOTORES Y MOTOVEHÍCULOS USADOS. “CERTIFICADO DE TRANSFERENCIA DE AUTOMOTORES” (CETA)
Art. 3 – Sustitúyese en el segundo párrafo del artículo 3 de la resolución general 2729 la expresión “…treinta mil pesos ($ 30.000)”, por la expresión “…cien mil pesos ($ 100.000)”.
CAPÍTULO D – TRANSFERENCIA DE BIENES MUEBLES REGISTRABLES. EMBARCACIONES, AERONAVES Y MAQUINARIAS
Art. 4 – Sustitúyese en el punto 1 del artículo 3 de la resolución general 2762 la expresión “…treinta mil pesos ($ 30.000)”, por la expresión “…cien mil pesos ($ 100.000)”.
CAPÍTULO E – DISPOSICIONES GENERALES
Art. 5 – Las disposiciones establecidas en esta resolución general entrarán en vigencia el día 1 de julio de 2016, inclusive.
Art. 6 – De forma.