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Circular Informativa N°078-2011

Área REGISTRAL RECURSOS DE LA SEGURIDAD SOCIAL. APORTES Y CONTRIBUCIONES. NUEVO PROGRAMA APLICATIVO. SISTEMA DE CALCULO DE OBLIGACIONES DE LA SEGURI

Área
REGISTRAL
RECURSOS DE LA SEGURIDAD SOCIAL. APORTES Y CONTRIBUCIONES. NUEVO PROGRAMA APLICATIVO. SISTEMA DE CALCULO DE OBLIGACIONES DE LA SEGURIDAD SOCIAL (SICOSS). VERSION 35. APROBACION. VIGENCIA

Art. 1 – La determinación nominativa e ingreso de los aportes y contribuciones con destino a los distintos subsistemas de la seguridad social -conforme al procedimiento dispuesto por la RG (DGI) 3834, texto sustituido por la RG 712, sus modif. y compl.-, deberá efectuarse mediante la utilización de la Versión 35 del programa aplicativo denominado “Sistema de Cálculo de Obligaciones de la Seguridad Social – SICOSS”, cuyas novedades se receptarán automáticamente en el sistema “Su Declaración”.
Las características, funciones y aspectos técnicos para su uso se especifican en el Anexo I de la presente.
El mencionado sistema estará disponible en el sitio Web de esta Administración Federal (http://www.afip.gob.ar).
Art. 2 – Sustitúyese en el Anexo IV de la resolución general (DGI) 3834, texto sustituido por la resolución general 712, sus modificatorias y complementarias, la Tabla T03 “Códigos de Actividad”, por la que se consigna con igual denominación en el Anexo II de la presente.
Art. 3 – Apruébanse la Versión 35 del programa aplicativo “Sistema de Cálculo de Obligaciones de la Seguridad Social – SICOSS” y los Anexos I y II que forman parte de la presente.
Art. 4 – Las disposiciones de esta resolución general entrarán en vigencia a partir del primer día hábil administrativo inmediato siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial, inclusive, y serán de aplicación para la generación de declaraciones juradas (F.931) correspondientes al mes devengado noviembre de 2011 y los siguientes.
La obligación de utilización de la nueva versión del programa aplicativo comprende también las presentaciones de declaraciones juradas -originales o rectificativas- correspondientes a períodos anteriores a noviembre de 2011 que se efectúen a partir de la vigencia de la presente.
No obstante, excepto en el caso de los empleadores que encuadren en las situaciones que se explicitan a continuación, el resto de los empleadores podrán continuar utilizando la Versión 34 del programa aplicativo denominado “Sistema de Cálculo de Obligaciones de la Seguridad Social – SICOSS” hasta el último día del mes siguiente al de publicación de la presente:
a) Empleadores que hayan celebrado convenios de corresponsabilidad gremial, que cuenten con la pertinente resolución de la autoridad de aplicación.
b) Provincias adheridas al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) que tengan personal comprendido en las resoluciones 268/2009 y 824/2009 del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.
Art. 5 – De forma.
ANEXO I
(Art. 1)
PROGRAMA APLICATIVO “SICOSS” – VERSIÓN 35
CARACTERÍSTICAS, FUNCIONES Y ASPECTOS TÉCNICOS PARA SU USO
1. REQUERIMIENTOS DE “HARDWARE” Y “SOFTWARE”
1.1. PC con Procesador de 500 Mhz o superior.
1.2. Memoria RAM mínima: 128 Mb.
1.3. Memoria RAM recomendable: 256 Mb o superior.
1.4. Disco rígido con un mínimo de 10 Mb. (disponibles para la instalación).
1.5. “Windows 98” o NT o superior.
1.6. Instalación previa del “S.I.Ap. – Sistema Integrado de Aplicaciones – Versión 3.1 Release 2 o superior”.
2. NUEVAS FUNCIONALIDADES
2.1. Elimina la posibilidad de compensación de las asignaciones familiares correspondientes a “licencia por maternidad” o “maternidad down”.
2.2. Habilita a los nuevos productores que suscribieron Convenios de Corresponsabilidad Gremial, a efectos de que puedan declarar a los trabajadores comprendidos en los mismos.
2.3. Asigna los códigos de actividad 109 y 110 para identificar a los trabajadores comprendidos en las resoluciones 268/2009 y 824/2009 del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, que se encuentran prestando servicios en dependencias de las Provincias que hayan transferido sus sistemas previsionales al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA).
Dichos trabajadores están alcanzados por un aporte personal adicional, cuya alícuota se consignará en el campo “Aporte Adicional%”, existente a nivel de nómina.
2.4. Efectúa validaciones sobre los montos mínimo y máximo de la base imponible para la determinación de aportes y contribuciones con destino a los subsistemas de la seguridad social.
2.5. Incorpora nuevos códigos en la tabla correspondiente a obras sociales.
ANEXO II
(Art. 2)
T03 – TABLA DE CÓDIGOS DE ACTIVIDAD

Código Descripción
00 Zona de Desastre. Decreto 1386/2001 excepto actividad agropecuaria
01 Producción Primaria excepto actividad agropecuaria
02 Producción de bienes sin comercialización
03 Construcción de inmuebles
04 Turismo
05 Investigación Científica y Tecnológica
06 Administración Pública. Con obra social ley 23660
07 Enseñanza Privada ley 13047 no comprendidos en el decreto 137/2005
08 Servicio Doméstico
09 Servicios energéticos resolución (MTESS) 268 y 824/2009
10 Universidades privadas personal no docente decreto 1123/1999
11 Personal Permanente Discont. Empresas de Servicios Eventuales
12 PIT – Programas Intensivos de Trabajo
13 Personal embarcado
14 Personal embarcado decreto 1255 s/resolución (SSS) 18/1999
15 LRT -Directores SA, municipios, org., cent. y descent. emp. mixt. provin. y otros-
16 No obligados con el SIJP (colegios, reciprocidad previsional y otros)
17 Obligados al SIJP -sin obra social nacional (Adm. Públ. y otros)-
18 Provincia incorporada al SIJP sin obra social nacional con ART
19 Provincia incorporada al SIJP sin obra social nacional sin ART
20 Ley 24331 Zona Franca
21 Decreto 1024/1993 Empr. del Estado, Org. y Entes Públicos con OS y FNE
22 Decreto 1024/1993 Empr. del Estado, Org. y Entes Públicos sin OS y con FNE
27 Servicio exterior ley 22731
29 Personal embarcado decreto 1255 s/resolución (SSS) 18/1999 con obra social
30 AFA decreto 1212/2003. Aportante autónomo
31 Trabajador rural de la Armada Argentina
32 CSJN Corte Suprema de Justicia, Magistrados provinciales, Revisores de Cuenta
33 Representante gremial en uso de licencia
34 Docentes estatales nacionales. Con obra social 23660 decreto 137/2005
35 Docentes estatales nacionales. Sin obra social 23660 decreto 137/2005
36 Investigador científico/tecnológico estatal nacional con obra social ley 23660 decreto 160/2005
37 Investigador científico/tecnológico estatal nacional sin obra social ley 23660 decreto 160/2005
38 Docentes privados resolución (SSS) 71/1999 – decreto 137/2005
39 No docentes privados resolución (SSS) 71/1999
40 Industria del software ley 25922
41 Trabajador de la construcción ley 25345 artículo 36
42 Asignaciones Familiares y FNE con Obra Social Nacional
43 Asignaciones Familiares y FNE sin Obra Social Nacional
44 Ley 24061 decreto 249/1992
45 Provincia incorporada al SIJP con obra social nacional con ART
46 Provincia incorporada al SIJP con obra social nacional sin ART
47 Ley 15223 con obra social
48 Régimen nacional sin obra social nacional
49 Actividades no clasificadas
50 Policía de la Rioja
51 Policía de Jujuy
52 Policía de Tucumán
53 Policía de Catamarca
54 Policía de Río Negro
55 Policía de Mendoza
56 Policía de Santiago del Estero
57 Policía de Salta
58 Policía de San Juan
59 Policía de San Luis
60 Servicio penitenciario de San Luis
61 Policía Metropolitana del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires
62 Personal sin estado policial Policía Metropolitana del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires
63 Servicio Penitenciario de La Rioja
64 Servicio Penitenciario de Jujuy
65 Servicio Penitenciario de Tucumán
66 Servicio Penitenciario de Catamarca
67 Servicio Penitenciario de Río Negro
68 Servicio Penitenciario de Mendoza
69 Legisladores Nacionales (diputados y senadores)
70 Servicio Penitenciario de Santiago del Estero
71 Servicio Penitenciario de Salta
72 Servicio Penitenciario de San Juan
75 Docente de Prov. incorporada/SIJP S/obra social nacional c/ART decreto 137/2005
76 Docente de Prov. incorporada/SIJP S/obra social nacional s/ART decreto 137/2005
77 Docente de Prov. incorporada/SIJP C/obra social nacional c/ART decreto 137/2005
78 Investigador cientif./tecnológ./Prov. incorporada/SIJP S/O. social nac. c/ART – decreto 160/2005
79 Investigador cientif./tecnológ./Prov. incorporada/SIJP C/O. social nac. c/ART – decreto 160/2005
81 Funcionarios del Poder Judicial de la Nación ley 24018
82 Funcionarios del Poder Ejecutivo y otros ley 24018
83 Presidente de la Nación y Vicepresidente de la Nación
84 Docentes privados resolución (SSS) 71/1999 -D. 137/2005 sin Obra Social-
85 Magistrados provinciales, revisores de cuenta – docentes
86 Decreto 1474/2007 actividad minera
87 Docentes Universitarios Nacionales con Obra Social ley 26508
88 Docentes Universitarios Nacionales sin Obra Social ley 26508
91 Régimen previsional propio. Obra social ley 23660 y 24714
92 Resolución (SSS) 71/1999 y otros
93 Universidades privadas. Personal docente decreto 1123/1999
94 Decreto 953/1999
95 Ley 15223 sin obra social
97 Trabajador agrario. Ley 25191
98 Zona de desastre decreto 1386/2001. Actividad agropecuaria ley 25191
106 Administración pública con obra social ley 23660 (con PAMI) Tipo de empleador especial
109 Servicios energéticos resolución (MTESS) 268 y 824/2009 – Provincias (sin PAMI y sin obra social)
110 Servicios energéticos resolución (MTESS) 268 y 824/2009 – Provincias con obra social
117 Obligados SIJP – sin obra social (Adm. Púb. y otros) sin PAMI – Tipo de empleador especial.

Norma
Resolución General; 3224
Publicación; B.O.
Fecha; 30/11/2011

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