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Circular Informativa N°067-2013

ÁREA: LABORAL TEMA: ESTATUTOS, CONVENIOS Y ESCALAS. SMATA. ACARA, CCT 596/2010. ESCALA SALARIAL DESDE 1/7/2013 Art. 1 - Declárase homologado el ac

ÁREA: LABORAL
TEMA: ESTATUTOS, CONVENIOS Y ESCALAS. SMATA. ACARA, CCT 596/2010. ESCALA SALARIAL DESDE 1/7/2013

Art. 1 – Declárase homologado el acuerdo celebrado por el Sindicato de Mecánicos y Afines del Transporte Automotor de la República Argentina y la Asociación de Concesionarios de Automotores de la República Argentina, obrante a fojas 30/31 del expediente 1.576.175/13, conforme a lo dispuesto en la ley 14250 de negociación colectiva (t.o. 2004).
Art. 2 – Regístrese la presente resolución por la Dirección General de Registros, Gestión y Archivo Documental dependiente de la Subsecretaría de Coordinación. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva, a fin de que el Departamento Coordinación registre el Acuerdo obrante a fojas 30/31 del expediente 1.576.175/13.
Art. 3 – Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.
Art. 4 – Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente pase a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la procedencia de efectuar el Proyecto de Base Promedio y Tope Indemnizatorio, de conformidad a lo establecido en el artículo 245 de la ley 20744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.
Finalmente procédase a la guarda del presente legajo, conjuntamente con el convenio colectivo de trabajo 596/2010.
Art. 5 – Hágase saber que en el supuesto que este Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social no efectúe la publicación de carácter gratuito del Acuerdo homologado, resultará aplicable lo dispuesto en el tercer párrafo del artículo 5 de la ley 14250 (t.o. 2004).
Art. 6 – De forma.
REGISTRACIÓN
Expediente 1.576.175/13
Buenos Aires, 26 de agosto de 2013
De conformidad con lo ordenado en la resolución (ST) 1038/2013, se ha tomado razón del Acuerdo obrante a fojas 30/31 del expediente de referencia, quedando registrado bajo el número 888/2013.
ACUERDO SALARIAL
ESTABLECE NUEVAS CONDICIONES SALARIALES
Expediente 1.576.175/13
En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 30 días de julio de 2013, siendo las 17:00 horas, comparecen en el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo, Dirección de Negociación Colectiva, ante el Secretario de Conciliación, licenciado Sebastián Koutsovitis; en representación del Sindicato de Mecánicos y Afines del Transporte Automotor de la República Argentina, lo hace el señor Leandro Macia, apoderado quien adjunta copia de poder y en representación de la Asociación de Concesionarios de Automotores de la República Argentina lo hace el señor Eduardo Martín Goñi, apoderado quien acredita copia de poder.
Declarado abierto el acto por el funcionario actuante, previa vista a la parte de todo lo actuado, se le concede el uso de la palabra a las partes comparecientes quienes manifiestan: que vienen a ratificar la escala salarial que rige para los meses de julio, agosto y setiembre del 2013, la misma consta de una foja útil.
No siendo para más, a las 17:30 horas, se da por finalizado el acto firmando los comparecientes al pie de la presente, previa lectura, para constancia y ratificación de su manifestación, ante mí que certifico.
ESCALA QUE RIGE PARA LOS MESES JULIO, AGOSTO, SETIEMBRE 2013
ESCALA SALARIAL
Escala del 1 de julio al 30 de setiembre 2013
Personal de taller
Especialista múltiple superior en servicios 7.435,16
Especialista superior en servicios 6.580,90
Especialista en servicios 6.008,23
Experto en servicios 5.665,82
Ayudante de servicios 4.468,65
Personal administrativo
Administrativo múltiple especializado 7.435,16
Administrativo especializado 6.637,24
Administrativo calificado 5.928,43
Administrativo auxiliar 5.510,67
Administrativo inicial 4.468,65
Maestranza
A 4.182,33
Lavador 5.249,80
Vendedores 4.646,99
Vend. planes de ahorro/itinerante de repuesto 3.717,63

ACUERDO DE RATIFICACIÓN
Expediente 1.576.175/13
En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 6 días del mes de agosto de 2013, siendo las 13:00 horas, comparece espontáneamente en el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social – Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo, Dirección de Negociación Colectiva, ante la Jefa del Depto. Relaciones Laborales 2, licenciada María del Carmen Brigante, en representación del Sindicato de Mecánicos y Afines del Transporte Automotor (SMATA), con domicilio en Avenida Belgrano 665, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el señor Gustavo Morán (DNI 12.349.768), integrante del Consejo Directivo Nacional del mismo y con suficiente poder para negociar colectivamente.
Declarado abierto el acto por la funcionaria actuante, previa vista de todo lo actuado, y cedida la palabra al representante sindical, manifiesta que toma vista del estado actual de las actuaciones y ratifica, de conformidad con todo su contenido, el Acuerdo celebrado con la Asociación de Concesionarios de Automotores de la República Argentina (ACARA), en el marco del CCT 596/2010, manifestando su solicitud de homologación. Que asimismo, declara que se ha constituido una comisión negociadora por disposición (DNRT) 68/2013, cuyos antecedentes obran en expediente 1.547.175/13. Manifiesta, asimismo que el SMATA da por cumplido lo requerido por la ley 25674, respecto del cumplimiento del cupo femenino.
Oído lo manifestado precedentemente, la funcionaria actuante comunica que el acuerdo ratificado anteriormente, del cual solicita su homologación, será elevado a la Superioridad, quedando sujeto al control de legalidad previsto en la ley 14250.
En este estado y no siendo para más, a las 13:30 horas, se da por finalizado el acto firmando el compareciente al pie de la presente, previa lectura, para constancia y ratificación de su manifestación, ante mí, que certifico.

Norma: RESOLUCIÓN S/T 1038/2013
Publicación: B.O.
Fecha: 02/09/2013

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