Circular Informativa N°065-2016 Área COMERCIAL Tema DEBER DE INFORMACIÓN EN SOPORTE FÍSICO. LEY DE DEFENSA DEL CONSUMIDOR. MODIFICACIÓN Norma LEY 27
Circular Informativa
N°065-2016 Área
COMERCIAL Tema
DEBER DE INFORMACIÓN EN SOPORTE FÍSICO. LEY DE DEFENSA DEL CONSUMIDOR. MODIFICACIÓN
Norma
LEY 27250 Publicación
B.O.
Fecha
15/06/2016
Art. 1 – Sustitúyese el artículo 4 de la ley 24240, de defensa del consumidor, por el siguiente:
Art. 4 – Información. El proveedor está obligado a suministrar al consumidor en forma cierta, clara y detallada todo lo relacionado con las características esenciales de los bienes y servicios que provee, y las condiciones de su comercialización. La información debe ser siempre gratuita para el consumidor y proporcionada en soporte físico, con claridad necesaria que permita su comprensión. Solo se podrá suplantar la comunicación en soporte físico si el consumidor o usuario optase de forma expresa por utilizar cualquier otro medio alternativo de comunicación que el proveedor ponga a disposición.
Art. 2 – De forma.