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Circular Informativa N°053-2014

Área; LABORAL Tema; ASIGNACIONES FAMILIARES. INCREMENTO DE ASIGNACIONES FAMILIARES Y TOPES DE LOS RANGOS SALARIALES A PARTIR DE JUNIO DE 2014 Ar

Área; LABORAL
Tema; ASIGNACIONES FAMILIARES. INCREMENTO DE ASIGNACIONES FAMILIARES Y TOPES DE LOS RANGOS SALARIALES A PARTIR DE JUNIO DE 2014

Art. 1 – Los rangos y montos de las asignaciones familiares contempladas en la ley 24714 que se perciban a partir del mes de junio de 2014 y hasta el mes de setiembre de 2014 serán los que surgen de los Anexos I, II y III; y los rangos que se apliquen a partir del mes de octubre de 2014 serán los que surgen de los Anexos IV, V y VI del presente decreto.
Art. 2 – Los montos de la Asignación Universal por Hijo, Hijo con Discapacidad y Embarazo para Protección Social contempladas en la ley 24714, que se perciban a partir del mes de junio de 2014 serán los que surgen del Anexo VII del presente decreto.
Art. 3 – La Jefatura de Gabinete de Ministros deberá reasignar las partidas presupuestarias correspondientes para atender las obligaciones previstas en el presente decreto.
Art. 4 – De forma.

ANEXOS
Rangos y montos de asignaciones familiares
ANEXO I A percibirse desde junio de 2014 hasta setiembre de 2014 para trabajadores en relación de dependencia registrados y beneficiarios de la ley de riesgos del trabajo
ANEXO II A percibirse desde junio de 2014 hasta setiembre de 2014 para beneficiarios de la prestación por desempleo
ANEXO III A percibirse desde junio de 2014 hasta setiembre de 2014 para Veteranos de Guerra del Atlántico Sur
ANEXO IV Aplicados desde octubre de 2014 para trabajadores en relación de dependencia registrados y beneficiarios de la ley de riesgos del trabajo
ANEXO V Aplicados desde octubre de 2014 para beneficiarios de la prestación por desempleo
ANEXO VI Aplicados desde octubre de 2014 para beneficiarios del Sistema Integrado Previsional Argentino
ANEXO VII Aplicados desde octubre de 2014 para beneficiarios del Sistema Integrado Previsional Argentino

ANEXO I
RANGOS Y MONTOS DE ASIGNACIONES FAMILIARES
A PERCIBIRSE DESDE JUNIO DE 2014 HASTA SETIEMBRE DE 2014
PARA TRABAJADORES EN RELACIÓN DE DEPENDENCIA REGISTRADOS Y BENEFICIARIOS DE LA LEY DE RIESGOS DEL TRABAJO

Valor general: Todo el país a excepción de las localidades comprendidas como Zona 1, Zona 2, Zona 3 o Zona 4.
Zona 1: Provincias de La Pampa, Río Negro y Neuquén; en los Departamentos Bermejo, Ramón Lista y Matacos en Formosa; Departamento Las Heras (Distrito Las Cuevas); Departamento Luján de Cuyo (Distritos Potrerillos, Carrizal, Agrelo, Ugarteche, Perdriel, Las Compuertas); Departamento Tupungato (Distritos Santa Clara, Zapata, San José, Anchoris); Departamento Tunuyán (Distrito Los Arboles, Los Chacayes, Campo de Los Andes); Departamento San Carlos (Distrito Pareditas); Departamento San Rafael (Distrito Cuadro Venegas); Departamento Malargüe (Distritos Malargüe, Río Grande, Río Barrancas, Agua Escondida); Departamento Maipú (Distritos Russell, Cruz de Piedra, Lumlunta, Las Barrancas); Departamento Rivadavia (Distritos El Mirador, Los Campamentos, Los Arboles, Reducción, Medrano) en Mendoza; Orán (excepto la Ciudad de San Ramón de la Nueva Orán y su ejido urbano) en Salta.
Zona 2: Provincia del Chubut.
Zona 3: Departamento Antofagasta de la Sierra (actividad minera) en Catamarca; Departamentos Cochinoca, Humahuaca, Rinconada, Santa Catalina, Susques y Yavi en Jujuy; Departamentos Los Andes, Santa Victoria, Rivadavia y Gral. San Martín (excepto la Ciudad de Tartagal y su ejido urbano) en Salta.
Zona 4: Provincias de Santa Cruz y Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur.

ANEXO II
RANGOS Y MONTOS DE ASIGNACIONES FAMILIARES
A PERCIBIRSE DESDE JUNIO DE 2014 HASTA SETIEMBRE DE 2014
PARA BENEFICIARIOS DE LA PRESTACIÓN POR DESEMPLEO

ANEXO III
RANGOS Y MONTOS DE ASIGNACIONES FAMILIARES
A PERCIBIRSE DESDE JUNIO DE 2014 HASTA SETIEMBRE DE 2014
PARA VETERANOS DE GUERRA DEL ATLÁNTICO SUR

Valor general: Todo el país a excepción de las localidades comprendidas como Zona 1.
Zona 1: Provincias de La Pampa, Chubut, Neuquén, Río Negro, Santa Cruz, Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur y el Partido de Patagones, Provincia de Buenos Aires.

RANGOS Y MONTOS DE ASIGNACIONES FAMILIARES
A PERCIBIRSE DESDE JUNIO DE 2014 HASTA SETIEMBRE DE 2014
PARA BENEFICIARIOS DEL SISTEMA INTEGRADO PREVISIONAL ARGENTINO

Valor general: Todo el país a excepción de las localidades comprendidas como Zona 1.
Zona 1: Provincias de La Pampa, Chubut, Neuquén, Río Negro, Santa Cruz, Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur y el Partido de Patagones, Provincia de Buenos Aires.

ANEXO IV
RANGOS DE ASIGNACIONES FAMILIARES
APLICADOS DESDE OCTUBRE DE 2014
PARA TRABAJADORES EN RELACIÓN DE DEPENDENCIA REGISTRADOS Y BENEFICIARIOS DE LA LEY DE RIESGOS DEL TRABAJO

Valor general: Todo el país a excepción de las localidades comprendidas como Zona 1, Zona 2, Zona 3 o Zona 4.
Zona 1: Provincias de La Pampa, Río Negro y Neuquén; en los Departamentos Bermejo, Ramón Lista y Matacos en Formosa; Departamento Las Heras (Distrito Las Cuevas); Departamento Luján de Cuyo (Distritos Potrerillos, Carrizal, Agrelo, Ugarteche, Perdriel, Las Compuertas); Departamento Tupungato (Distritos Santa Clara, Zapata, San José, Anchoris); Departamento Tunuyán (Distrito Los Arboles, Los Chacayes, Campo de Los Andes); Departamento San Carlos (Distrito Pareditas); Departamento San Rafael (Distrito Cuadro Venegas); Departamento Malargüe (Distritos Malargüe, Río Grande, Río Barrancas, Agua Escondida); Departamento Maipú (Distritos Russell, Cruz de Piedra, Lumlunta, Las Barrancas); Departamento Rivadavia (Distritos El Mirador, Los Campamentos, Los Arboles, Reducción, Medrano) en Mendoza; Orán (excepto la Ciudad de San Ramón de la Nueva Orán y su ejido urbano) en Salta.
Zona 2: Provincia del Chubut.
Zona 3: Departamento Antofagasta de la Sierra (actividad minera) en Catamarca; Departamentos Cochinoca, Humahuaca, Rinconada, Santa Catalina, Susques y Yavi en Jujuy; Departamentos Los Andes, Santa Victoria, Rivadavia y Gral. San Martín (excepto la Ciudad de Tartagal y su ejido urbano) en Salta.
Zona 4: Provincias de Santa Cruz y Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur.

ANEXO V
RANGOS DE ASIGNACIONES FAMILIARES
APLICADOS DESDE OCTUBRE DE 2014
PARA BENEFICIARIOS DE LA PRESTACIÓN POR DESEMPLEO

ANEXO VI
RANGOS DE ASIGNACIONES FAMILIARES
APLICADOS DESDE OCTUBRE DE 2014
PARA BENEFICIARIOS DEL SISTEMA INTEGRADO PREVISIONAL ARGENTINO

Valor general: Todo el país a excepción de las localidades comprendidas como Zona 1.
Zona 1: Provincias de La Pampa, Chubut, Neuquén, Río Negro, Santa Cruz, Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur y el Partido de Patagones, Provincia de Buenos Aires.

RANGOS DE ASIGNACIONES FAMILIARES
APLICADOS DESDE OCTUBRE DE 2014
PARA VETERANOS DE GUERRA DEL ATLÁNTICO SUR

Valor general: Todo el país a excepción de las localidades comprendidas como Zona 1.
Zona 1: Provincias de La Pampa, Chubut, Neuquén, Río Negro, Santa Cruz, Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur y el Partido de Patagones, Provincia de Buenos Aires.

ANEXO VII
MONTOS A PERCIBIRSE DESDE JUNIO DE 2014
PARA BENEFICIARIOS DE ASIGNACIONES UNIVERSALES PARA PROTECCIÓN SOCIAL

Norma; DECRETO 779/2014
Publicación; B.O.
Fecha; 30/05/2014