Circular Informativa N°036-2018 Área IMPOSITIVA Tema RÉGIMEN SIMPLIFICADO. PLAZO ESPECIAL PARA INGRESAR EL IMPUESTO CORRESPONDIEN
Circular Informativa
N°036-2018
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Área
IMPOSITIVA
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Tema
RÉGIMEN SIMPLIFICADO. PLAZO ESPECIAL PARA INGRESAR EL IMPUESTO CORRESPONDIENTE A LOS PERÍODOS FEBRERO Y MARZO DE 2018 HASTA EL 20/4/2018
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Norma
RESOLUCIÓN GENERAL (AFIP) 4223
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Publicación
B. O.
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Fecha
04/04/2018
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Art. 1 – Las obligaciones correspondientes a los períodos febrero y marzo de 2018, en concepto de impuesto integrado y/o cotizaciones previsionales del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS), se considerarán ingresadas en término siempre que se efectivicen hasta el día 20 de abril de 2018, inclusive.
Art. 2 – Aquellos sujetos que hubieran ingresado por los conceptos y períodos indicados en el artículo anterior, un importe inferior al correspondiente a la categoría de revista determinada de oficio, en los términos de la resolución general 4103-E, deberán ingresar las diferencias resultantes hasta la fecha prevista en el artículo 1, mediante transferencia electrónica de fondos, conforme lo establecido en la resolución general 1778, sus modificatorias y sus complementarias, utilizando las relaciones impuesto-concepto-subconcepto que se detallan a continuación:
Diferencia del impuesto integrado: 20-019-078
Diferencia de las cotizaciones previsionales: 21-019-078
Art. 3 – Las disposiciones de esta resolución general entrarán en vigencia el día de su publicación en el Boletín Oficial.
Art. 4 – De forma.