Circular Informativa N°019-2020 Area IMPOSITIVA Tema EMISIÓN DE NOTAS DE CRÉDITO Y/O DÉBITO. SE EXTIENDE LA FECHA A PARTIR DE LA CU
Circular Informativa
N°019-2020
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Area
IMPOSITIVA
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Tema
EMISIÓN DE NOTAS DE CRÉDITO Y/O DÉBITO. SE EXTIENDE LA FECHA A PARTIR DE LA CUAL SOLO PUEDE SER REALIZADA POR LOS SUJETOS QUE GENERARON EL COMPROBANTE DE VENTA ORIGINAL
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Norma
RESOLUCIÓN GENERAL (AFIP) 4668
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Publicación
B. O.
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Fecha
31/01/2020
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Art. 1 – Modificar el artículo 6 de la resolución general 4540 y su modificatoria, en la forma que se indica a continuación: “Art. 6 – Las disposiciones de esta resolución general entrarán en vigencia el día 1 de abril de 2020. Cuando se trate de operaciones documentadas en el marco del “Régimen de Facturas de Crédito Electrónicas MiPyMEs” con anterioridad a la fecha indicada precedente, para el cálculo del monto neto negociable del título ejecutivo, solo se considerarán las notas de crédito y/o débito emitidas por el sujeto emisor de la respectiva factura de crédito electrónica.”.
Art. 2 – La presente entrará en vigencia el día de su publicación en el Boletín Oficial.
Art. 3 – De forma.