HomeCirculares

Circular Informativa N°013-2013

Área: IMPOSITIVA Tema: IMPUESTO A LOS INGRESOS BRUTOS EN LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES PARA EL AÑO 2013 Actividades comerciales. Venta al por mayo

Área: IMPOSITIVA
Tema: IMPUESTO A LOS INGRESOS BRUTOS EN LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES PARA EL AÑO 2013

Actividades comerciales.
Venta al por mayor y al por menor de partes, piezas y accesorios de vehículos automotores.
Ventas de motocicletas y de sus partes, piezas y accesorios
Alícuota General: 5%
Alícuota reducida al 3% cuando las actividades se desarrollen en establecimientos ubicados en la provincia de Buenos Aires y el total de los ingresos gravados , no gravados y exentos , obtenidos por el contribuyente en el periodo fiscal anterior , por el desarrollo de cualquier actividad , dentro o fuera de la provincia no supere la suma de $ 1.000.000-
Alícuota reducida al 3,5%, cuando se de la misma situación descripta en el punto anterior y el total de los ingresos no supere la suma de $ 40.000.000

Actividades de servicios
Lavado automático y manual
Reparación de cámaras y cubiertas, amortiguación, alineación de dirección y balanceo de ruedas.
Instalación y reparación de lunetas y ventanillas, alarmas, cerraduras, radios, sistemas de climatización automotor, y grabados de cristales.
Tapizado y retapizado.
Reparaciones eléctricas, del tablero e instrumental, reparación y carga de baterías.
Reparación y pintura de carrocerías, colocación y reparación de guardabarros y protecciones exteriores.
Mantenimiento y reparación del motor n.c.p., mecánica integral.
Mantenimiento y reparación de motocicletas.
Servicio de transporte automotor de pasajeros
Alquiler de equipo de transporte por vía terrestre, sin operarios
Alícuota General: 3,5%
Alícuota incrementada: 4% cuando el total de los ingresos gravados, no gravados y exentos, obtenido por el contribuyente en el período fiscal anterior, por el desarrollo de cualquier actividad dentro o fuera de la provincia supere la suma de $ 500.000.-
Alícuota incrementada: 5% cuando los mismos ingresos del punto anterior superen la suma de $ 30.000.000.-

Alícuota: 0% venta de vehículos automotores, autos, camionetas y utilitarios usados

Alícuota: 3,5% venta de vehículos automotores, autos, camionetas y utilitarios nuevos.

Alícuota: 6% servicios prestados por playas de estacionamiento y garajes.

Alícuota: 8% venta en comisión de vehículos automotores, autos, camionetas y utilitarios, nuevos y usados. Venta en comisión de motocicletas, y de sus partes, piezas y accesorios.

Norma: Ley 14394
Fecha: 28/01/2013

Publicación más reciente
Publicación anterior