HomeCirculares

Circular Informativa N°087-2017

Circular Informativa N°087-2017 Área REGISTRAL   Tema DI-2017-199-APN-DNRPACP CONVENIO POR MULTAS DE INFRACCIONES DE TRÁNSITO

Circular Informativa

N°087-2017

Área

REGISTRAL

 

Tema

DI-2017-199-APN-DNRPACP CONVENIO POR MULTAS DE INFRACCIONES DE TRÁNSITO CON LUQUE CÓRDOBA (VIGENCIA 05/06/2017)

Norma 

 

Publicación

 

Fecha

02/06/2017

República Argentina – Poder Ejecutivo Nacional

2017 – Año de las Energías Renovables

Disposición

Número: DI-2017-199-APN-DNRNPACP#MJ

CIUDAD DE BUENOS AIRES

Martes 30 de Mayo de 2017

Referencia: EX-2017-10281649-APN-DFCG#MJ CONVENIO DE MULTAS POR INFRACCIONES DE TRANSITO MUNICIPALIDAD DE LUQUE

VISTO el Convenio de Complementación de Servicios celebrado el 17 de febrero de 2017 entre esta Dirección Nacional y la Municipalidad de LUQUE, provincia de CÓRDOBA, registrado bajo el número 17/17 del Registro de esta Dirección Nacional (conforme modelo aprobado por el MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS mediante Resolución M.J. y D.H. N° 538/16) y la Disposición D.N. N° 515/03, sus modificatorias y complementarias, y

 

CONSIDERANDO:

Que por medio de la Disposición D.N. Nº 515/03 y sus complementarias, se puso en vigencia la operatoria por la cual, en forma previa a la inscripción de determinados trámites, se debe solicitar el informe de deuda por infracciones de tránsito mediante el uso del Formulario ¨13I” “Informe de Deuda por Infracciones de Tránsito”, utilizando a tal fin un sistema informático de interconexión “en línea” aplicable en una primera etapa a los Registros Seccionales con jurisdicción territorial en la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES.

 

Que dicha operatoria fue ampliada, por una parte, mediante la incorporación de un procedimiento de notificación de la existencia de deudas por infracciones y, por otra, a través de la incorporación de los Registros Seccionales con competencia exclusiva en Motovehículos existentes en jurisdicciones que hubieran celebrado convenios para la percepción de multas por infracciones.

 

Que posteriormente, y conforme lo prescribiera la Disposición D.N. N° 746 de fecha 30 de noviembre de 2006, la incorporación de nuevas jurisdicciones a la operatoria descripta impone además la obligación de consultar la deuda por infracciones en aquellas jurisdicciones que, no encontrándose alcanzadas por convenio alguno, se ven obligadas a realizar dicho procedimiento en razón del lugar de presentación del trámite o radicación del automotor en cuestión utilizando a tal fin el mismo Formulario.

 

Que por otra parte, y en virtud del acceso al sistema informático mencionado precedentemente, por aplicación de las previsiones contenidas en la Disposición D.N. N° 681/06, posteriormente receptadas por la Disposición D.N. N° 169/09 –modificatoria de la Disposición D.N. N° 515/03- se dispuso que cualquier interesado podrá, mediante la presentación de un Formulario “13I” y con independencia de cualquier otro trámite registral, peticionar la emisión de un certificado de inexistencia de actas pendientes de juzgamiento de resolución por ante cualquier Registro Seccional que se encuentre operando el sistema informático denominado “Sistema Unificado de Gestión de Infracciones de Tránsito” (SUGIT), ello independientemente de la circunstancia de contar con Convenio de Complementación de Servicios en esa jurisdicción.

 

Que en ese marco, mediante la Disposición D.N. N° 276 de fecha 24 de julio 2014, se aprobó el modelo de Solicitud Tipo “13” (Única) en sustitución –entre otros- del Formulario 13”I”, que será utilizada por los Encargados de los Registros Seccionales para peticionar por ante el organismo contravencional competente, los informes de deuda en concepto de multas por infracciones de tránsito, al tiempo que documentará los pagos de esas deudas, que se abonen por ante los Registros Seccionales.

 

Que mediante la Disposición D.N. Nº 203 de fecha 3 de junio de 2016 se implementó la Solicitud Tipo “13” (Única) de carácter digital.

 

Que los Encargados de los Registros Seccionales de todo el país alcanzados por la presente utilizarán para la consecución de las tareas de contralor aquí encomendadas el sistema informático de interconexión “en línea” mencionado en el Convenio.

 

Que el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE de la ciudad de LUQUE, provincia de CÓRDOBA, dictó la Ordenanza Municipal Nº 1663 de fecha 24 de octubre de 2016, mediante la cual autorizó al Intendente Municipal a celebrar el Convenio con esta DIRECCIÓN NACIONAL.

 

Que por conducto del Decreto Municipal Nº 111 del 25 de octubre de 2016 el Poder Ejecutivo de la Municipalidad de LUQUE, provincia de CÓRDOBA promulgó la Ordenanza Municipal Nº 1663/16.

 

Que, atento a ello, el intendente de la Municipalidad de LUQUE, provincia de CÓRDOBA, dictó el Decreto N° 55 del 18 de mayo de 2017, por el cual designa a los Encargados de Registro de todo el país como agentes de percepción de las infracciones cometidas en su jurisdicción.

 

Que habiéndose reunido las condiciones respecto de esa Municipalidad, resulta necesario, para dar cumplimiento al Convenio suscripto, tornar aplicables las normas de procedimiento previstas en las disposiciones citadas respecto de los Registros Seccionales con competencia en la jurisdicción de la Municipalidad de lUQUE, provincia de CÓRDOBA.

 

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 2°, inciso c), del Decreto N° 335/88.

 

 

Por ello,

EL DIRECTOR NACIONAL DE LOS REGISTROS NACIONALES

DE LA PROPIEDAD DEL AUTOMOTOR

Y DE CRÉDITOS PRENDARIOS

DISPONE:

 

ARTÍCULO 1°.- Incorpórase a la MUNICIPALIDAD DE LUQUE, provincia de CÓRDOBA, a la operatoria del Sistema Unificado de Gestión de Infracciones de Tránsito (SUGIT) de conformidad con lo previsto en el Convenio de Complementación de Servicios y de la normativa implementada por medio de las Disposiciones D.N. Nros 515/03, 746/06 y complementarias.

 

ARTICULO 2º.- Incorpórase a los Registros Seccionales de la Propiedad del Automotor y a los Registros Seccionales de la Propiedad del Automotor con competencia exclusiva en Motovehículos de la ciudad de RIO SEGUNDO, provincia de CÓRDOBA, a la operatoria de “Solicitud de Informe de Deuda por Infracciones de Tránsito” de conformidad con lo previsto en la Disposición D.N. N° 515/03 y complementarias.

 

ARTÍCULO 3°.- Incorpórase a los restantes Registros Seccionales de la Propiedad del Automotor y a los Registros Seccionales de la Propiedad del Automotor con competencia exclusiva en Motovehículos a la operatoria de “Solicitud de Informe de Deuda por Infracciones de Tránsito” de conformidad con lo previsto en la Disposición D.N. Nº 746/06 y complementarias, respecto de los trámites referidos a la jurisdicción de la MUNICIPALIDAD DE LUQUE, provincia de CÓRDOBA.

 

ARTÍCULO 4º.- La presente medida entrará en vigencia a partir del día 05 de JUNIO de 2017.

 

ARTÍCULO 5°.- Regístrese, comuníquese, atento a su carácter de interés general, dése para su publicación a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.

 

 

Publicación más reciente
Publicación anterior