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Circular Informativa N°089-2011

Área: Impositiva Tema: Convenio Multilateral transferencias electrónica de fondos, carácter obligatorio para los contribuyentes incorporados al SICOM

Área:
Impositiva
Tema:
Convenio Multilateral transferencias electrónica de fondos, carácter obligatorio para los contribuyentes incorporados al SICOM y optativo para el resto

Art. 1 – Sustituir el artículo 2 de la resolución general 5/2009 (art. 79 de la RG 2/2010) por el siguiente:
“Artículo 2 – Establecer que el Sistema de Pago Electrónico (VEP) será de carácter obligatorio para todos los contribuyentes de Convenio Multilateral incorporados en el Sistema SICOM y de carácter optativo para el resto de los contribuyentes.”.
Art. 2 – Las disposiciones de la presente tendrán vigencia a partir del día 1 enero de 2012.
Art. 3 – De forma.

Norma: Resolución General 12/2012
Publicación: B.O.
Fecha: 23/11/2011

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