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CIRCULAR 053-2015 – Impositiva – «Impuestos»

1) REGIMEN INFORMATIVO DE COMPRAS Y VENTAS: Se encuentra en plena vigencia la RG AFIP 3685 que lo instauró, por el cual los responsables inscri

1) REGIMEN INFORMATIVO DE COMPRAS Y VENTAS:

Se encuentra en plena vigencia la RG AFIP 3685 que lo instauró, por el cual los responsables inscriptos en el IVA deben informar mensualmente a la AFIP sobre las compras, gastos y ventas realizadas.
Para ello deberán utilizar el programa aplicativo “Régimen de Información de Compras y Ventas”, que deberá descargarse del sitio web de la AFIP.
La información se transferirá con clave fiscal electrónicamente a la AFIP.
Durante el presente mes venció el plazo para remitir la información correspondiente a los meses de enero y febrero de 2015 y durante el mes de julio con vencimiento similar al de la DJ del IVA, deberá presentarse la información correspondiente a marzo y abril de 2015.

2) FACTURAS ELECTRONICAS:

A partir del 1º/07/2015, según RG AFIP 3749, están obligados a emitirlas quienes realicen en forma habitual compra ventas de cosas muebles, locaciones y prestaciones de servicios, locaciones de cosas y de obras, para todas sus operaciones en el mercado interno; salvo los alcanzados por el Régimen de Controladores Fiscales
No se encuentran alcanzadas las compra venta de cosas muebles o prestaciones de servicios en un domicilio distinto al del emisor del comprobante.
Deben disponer de comprobantes impresos por imprenta para su utilización cuando no se encuentre operable el sistema.
,: Los monotributistas, a partir de la categoría “H” (ingresos anuales superiores a $ 240.000.-) deberán, también, continuar emitiendo facturas electrónicas; excepto quienes facturen a consumidores finales, que están obligados al uso de “Controladores Fiscales”.
Procedimiento para la emisión de Facturas Electrónicas:

1) Solicitar autorización (por única vez):
Vía página web AFIP, por cada punto de venta (que será específico y distinto a los utilizados para documentos que se emitan manualmente o por Controlador Fiscal); mediante el servicio denominado “Comprobantes en línea” con “Clave Fiscal” con Nivel de Seguridad 2, como mínimo (previamente deberá habilitarse este servicio en el Administrador de Relaciones)

2) Para Imprimir comprobantes:

1. Entrar a AFIP con Clave Fiscal
2. Ir a “Comprobantes en Línea”
3. Clickear el nombre del emisor
4. Por única vez, ingresar “Datos Adicionales del Comprobante”
5. Ir a “Generar Comprobante”
6. Ingresar datos solicitados (punto de venta, tipo de comprobante (p.ej. Factura “B”), concepto (p. ej. productos), período, Condición IVA y CUIT cliente, Condición de Venta (p.ej. Contado), Producto (p. ej. Automóvil dominio….), Precio (sin IVA, si es consumidor final precio total).
7. Confirmar / Imprimir