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Circular Informativa N°072-2014

Área: IMPOSITIVA Tema: INGRESOS BRUTOS. SELLOS RESOLUCIÓN NORMATIVA (ARBA Bs. As.) 43/2014 Ingresos brutos. Sellos. Deudas que se encuentren en

Área: IMPOSITIVA
Tema: INGRESOS BRUTOS. SELLOS

RESOLUCIÓN NORMATIVA (ARBA Bs. As.) 43/2014
Ingresos brutos. Sellos. Deudas que se encuentren en proceso de fiscalización, de determinación o en discusión en sede administrativa
La Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires establece, hasta el 30/9/2014, un régimen de regularización para deudas del impuesto sobre los ingresos brutos y de sellos en procesos de fiscalización, de determinación o en discusión administrativa, aun las que se encuentren firmes y hasta el inicio de las acciones judiciales respectivas.
Destacamos que se prevén bonificaciones sobre el importe de las cuotas del plan, las cuales dependerán de la etapa en que se encuentre la deuda por la que se realiza el acogimiento al régimen.
Al respecto, se define que las etapas comprenderán:
– Etapa I: acogimiento realizado desde que exista una liquidación de diferencias efectuadas por el agente fiscalizador y hasta 60 días corridos contados desde el día siguiente al de la publicación de la resolución de inicio del procedimiento de determinación de oficio en la Web.
– Etapa II: acogimiento realizado desde el primer día posterior al vencimiento de la etapa I y hasta 60 días corridos contados desde el día siguiente al de la publicación de resolución determinativa de oficio en la Web, aun estando la misma formalmente notificada, recurrida o no.
– Etapa III: acogimiento realizado con posterioridad a los 60 días corridos contados desde el día siguiente al de la publicación de la resolución determinativa de oficio en la Web y hasta la emisión del correspondiente título ejecutivo.
RESOLUCIÓN NORMATIVA (ARBA Bs. As.) 44/2014
Ingresos brutos. Sellos. Régimen de facilidades de pago para agentes de recaudación
La Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires establece, hasta el 30/9/2014, un régimen de regularización para deudas del impuesto sobre los ingresos brutos y de sellos, correspondientes a los agentes de recaudación, provenientes de retenciones y/o percepciones no efectuadas de los citados impuestos.
Entre sus principales características, destacamos:
– Se podrán incluir gravámenes que se haya omitido retener y/o percibir, devengados al 31/12/2013; deudas provenientes de regímenes de regularización por retenciones y/o percepciones no efectuadas, posteriores al 1/1/2000 y caducos al 31/12/2013; y los intereses, recargos y sanciones correspondientes a retenciones y/o percepciones no efectuadas y depositadas fuera de término o por falta de presentación de sus declaraciones juradas.
– Las modalidades de pago son al contado o en hasta 96 cuotas.
– El importe mínimo de cada cuota no podrá ser inferior a $ 750, salvo en la modalidad especial de pago, en cuyo caso el importe mínimo no podrá ser inferior a $ 10.000.
– Vencimientos:
* Pago al contado en un solo pago: 15 días corridos contados desde la fecha de formalización del acogimiento.
* Anticipo en los planes de pago en cuotas: a los 5 días hábiles contados desde la fecha de formalización del acogimiento.
* Pagos restantes: vencen en forma mensual y consecutiva el día 10 de cada mes o el inmediato posterior hábil.
RESOLUCIÓN NORMATIVA (ARBA Bs. As.) 45/2014
Ingresos brutos. Sellos. Inmobiliario. Automotores. Régimen de regularización de deudas vencidas o devengadas al 31/12/2013
La Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires (ARBA) establece, hasta el 30/9/2014, un régimen de regularización para deudas del impuesto sobre los ingresos brutos, de sellos, inmobiliario y a los automotores, vencidas o devengadas al 31/12/2013, que no se encuentren en proceso de ejecución judicial, ni en etapa de fiscalización, de determinación o de discusión administrativa.
Entre sus características más importantes, destacamos:
– El acogimiento podrá realizarse personalmente en la oficinas de ARBA, telefónicamente o a través del sitio web www.arba.gov.ar.
– El importe de cada cuota no podrá ser inferior a $ 150 para deudas del impuesto inmobiliario o a los automotores, a $ 250 para deudas del impuesto sobre los ingresos brutos y de sellos, y a $ 10.000 en el caso de la modalidad especial de pago.
– Vencimientos:
* Pago al contado en un solo pago: 15 días corridos contados desde la fecha de formalización del acogimiento.
* Anticipo en los planes de pago en cuotas: a los 5 días hábiles contados desde la fecha de formalización del acogimiento.
* Pagos restantes: vencen en forma mensual y consecutiva el día 10 de cada mes o inmediato posterior hábil.
RESOLUCIÓN NORMATIVA (ARBA Bs. As.) 46/2014
Ingresos brutos. Sellos. Inmobiliario. Automotores. Régimen de regularización por deudas en instancia de ejecución judicial
Se establece un régimen de facilidades de pago del impuesto sobre los ingresos brutos, de sellos, inmobiliario y a los automotores que se encuentren en instancia de ejecución judicial, el cual se extiende hasta el 30/9/2014.
Entre sus principales características, se destacan:
– El importe de las cuotas no podrá ser inferior a $ 150 en el caso de deudas del impuesto inmobiliario y a los automotores, ni inferior a $ 250 en el caso del impuesto sobre los ingresos brutos y de sellos.
– Las modalidades de pago son al contado en un solo pago o en hasta 96 cuotas con ciertas limitaciones.
– Vencimientos:
* Pago al contado en un solo pago: 15 días corridos contados desde la fecha de formalización del acogimiento.
* Anticipo en los planes de pago en cuotas: a los 5 días hábiles contados desde la fecha de formalización del acogimiento.
* Pagos restantes: vencen en forma mensual y consecutiva el día 10 de cada mes o inmediato posterior hábil.

Norma: RESOLUCIÓN NORMATIVA (ARBA Bs. As.)
43/44/45 Y 46/2014
Publicación: B.O.
Fecha: 15/07/2014