Área: IMPOSITIVA Tema: SISTEMA “DECLARACIÓN EN LÍNEA”. PROCEDIMIENTO PARA LA CONFECCIÓN VÍA INTERNET DE LA DECLARACIÓN JURADA DETERMINATIVA DE APORTE
Área: IMPOSITIVA
Tema: SISTEMA “DECLARACIÓN EN LÍNEA”. PROCEDIMIENTO PARA LA CONFECCIÓN VÍA INTERNET DE LA DECLARACIÓN JURADA DETERMINATIVA DE APORTES Y CONTRIBUCIONES. ADECUACIONES. VIGENCIA
Art. 1 – Modifícase la resolución general 2192, sus modificatorias y complementarias, en la forma que se indica a continuación:
a) Sustitúyense en el segundo párrafo del artículo 1 las expresiones:
“veinticinco (25)” y “cincuenta (50)”, por las expresiones “cien (100)” y “doscientos (200)”, respectivamente.
b) Sustitúyense en el tercer párrafo del artículo 1 las expresiones:
“veintiséis (26)”, “cincuenta (50)” y “veinticinco (25)”, por las expresiones “ciento un (101)”, “doscientos (200)” y “cien (100)”, respectivamente.
c) Sustitúyese en el artículo 2 la expresión “cincuenta (50)”, por la expresión “doscientos (200)”.
Art. 2 – Las disposiciones de esta resolución general entrarán en vigencia a partir del día de su publicación en el Boletín Oficial y serán de aplicación respecto de las presentaciones de declaraciones juradas (F. 931) originales o rectificativas, correspondientes a los períodos devengados abril de 2014 y siguientes.
Art. 3 – De forma.
Norma: RESOLUCIÓN GENERAL (AFIP) 3612
Publicación: B.O.
Fecha: 23/04/2014