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Circular Informativa N°020-2013

Área: IMPOSITIVA Tema: RÉGIMEN DE RETENCIÓN SOBRE RENTAS DEL TRABAJO PERSONAL EN RELACIÓN DE DEPENDENCIA, JUBILACIONES, PENSIONES Y OTRAS RENTAS. INC

Área: IMPOSITIVA
Tema: RÉGIMEN DE RETENCIÓN SOBRE RENTAS DEL TRABAJO PERSONAL EN RELACIÓN DE DEPENDENCIA, JUBILACIONES, PENSIONES Y OTRAS RENTAS. INCREMENTO DE DEDUCCIONES PERSONALES APLICABLES DESDE EL MES DE MARZO DE 2013

Art. 1 – Los agentes de retención alcanzados por las disposiciones de la resolución general 2437, sus modificatorias y complementarias, a los fines de la determinación de la retención dispuesta en la misma, deberán computar en cada mes calendario, a partir del 1 de marzo de 2013, los importes que para cada caso se indican a continuación:
a) Ganancias no imponibles [art. 23, inc. a)]: pesos un mil doscientos noventa y seis ($ 1.296).
b) Cargas de familia [art. 23, inc. b)].
1. Cónyuge: pesos un mil cuatrocientos cuarenta ($ 1.440).
2. Hijo: pesos setecientos veinte ($ 720).
3. Otras cargas: pesos quinientos cuarenta ($ 540).
c) Deducción especial [art. 23, inc. c)]; artículo 79, inciso e): pesos un mil doscientos noventa y seis ($ 1.296).
d) Deducción especial [art. 23, inc. c)]; artículo 79, incisos a), b) y c): pesos seis mil doscientos veinte con ochenta centavos ($ 6.220,80).
Art. 2 – De forma.

Norma: RESOLUCIÓN GENERAL (AFIP) 3449
Publicación: B.O.
Fecha: 11/03/2013

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