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Circular Informativa Nº034-2023

Circular Informativa Nº034-2023 Area IMPOSITIVA Tema INCREMENTO DE IMPORTES MÍNIMOS PARA LOS REGÍMENES DE INFORMACIÓN RELAC

Circular Informativa
Nº034-2023
Area
IMPOSITIVA
Tema
INCREMENTO DE IMPORTES MÍNIMOS PARA LOS REGÍMENES DE INFORMACIÓN RELACIONADOS CON LA COMPRA VENTA DE AUTOMOTORES Y LA TRANSFERENCIA DE INMUEBLES
Norma
RESOLUCIÓN GENERAL (AFIP) 5362/2023
Publicación
B. O. 
Fecha
19/05/2023
 
Art. 1 – Modificar el artículo 2° de la Resolución General N° 2.032, sus modificatorias y su complementaria, en la forma que se indica a continuación:
a) Sustituir en el inciso a) la expresión “PESOS SEISCIENTOS MIL ($ 600.000.-)…”, por la expresión “PESOS UN MILLÓN CIEN MIL ($ 1.100.000.-)…”.
b) Sustituir en el inciso b) la expresión “PESOS DOSCIENTOS CUARENTA MIL ($ 240.000.-)…”, por la expresión “PESOS CUATROCIENTOS CINCUENTA MIL ($ 450.000.-)…”.
Art. 2 – Sustituir en el primer párrafo del artículo 3° de la Resolución General N° 2.371, sus modificatorias y complementarias, la expresión “…PESOS CINCO MILLONES ($ 5.000.000.-)…”, por la expresión “…PESOS NUEVE MILLONES CUATROCIENTOS MIL ($ 9.400.000.-)…”.
Art. 3 – Sustituir en el segundo párrafo del artículo 3° de la Resolución General N° 2.729 y sus modificatorias, la expresión “…PESOS DOS MILLONES CUATROCIENTOS MIL ($ 2.400.000.-).”, por la expresión “…PESOS CUATRO MILLONES QUINIENTOS MIL ($ 4.500.000.-).”.
Art. 4 – Los montos previstos en los incisos a) y b) del artículo 2° de la Resolución General N° 2.032, sus modificatorias y su complementaria, en el primer párrafo del artículo 3° de la Resolución General N° 2.371, sus modificatorias y complementarias, y en el segundo párrafo del artículo 3° de la Resolución General N° 2.729 y sus modificatorias, serán actualizados anualmente, con vigencia a partir del 1 de abril de cada año, conforme el mecanismo previsto en el artículo sin número incorporado a continuación del artículo 24 del Título VI de la Ley N° 23.966, de Impuesto sobre los Bienes Personales, texto ordenado en 1997 y sus modificaciones.
Esta Administración Federal pondrá en conocimiento de los responsables los importes actualizados a través del sitio “web” institucional (https://www.afip.gob.ar), previéndose su publicación en el mes de marzo de cada año.
Art. 5 – La presente resolución general entrará en vigencia el 1 de junio de 2023, inclusive.
Art. 6 – De forma.