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Circular Informativa 301-2022

Circular Informativa 301-2022 Área REGISTRAL Tema SISTEMA ARAS CESION A LOS MUNICIPIOS AÑO 2012 BUENOS AIRES Norma   Publicaci

Circular Informativa

301-2022

Área

REGISTRAL

Tema
SISTEMA ARAS CESION A LOS MUNICIPIOS AÑO 2012 BUENOS AIRES
Norma

 

Publicación

 

Fecha

29/12/2022

 

República Argentina – Poder Ejecutivo Nacional

Las Malvinas son argentinas

Circular                                                       

Número: IF-2022-140160683-APN-DFCG#MJ

CIUDAD DE BUENOS AIRES
Jueves 29 de Diciembre de 2022

Referencia: “Sistema ARAS” – Cesión a los Municipios, Ley 13010 – Provincia de Buenos Aires.

 

CIRCULAR DR N° 48

 

SEÑORES/AS ENCARGADOS/AS E INTERVENTORES/AS

 

Me dirijo a ustedes, en el marco del Convenio de Complementación de Servicios suscripto oportunamente entre el

Ministerio de Economía de la Provincia de Buenos Aires y el entonces Ministerio de Justicia de la Nación.

 

En tal sentido, la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires -ARBA- comunicó que, a partir del

02/01/2022, el aplicativo A.R.A.S. no se encontrará operativo para la registración y liquidación de las operaciones

sobre el Impuesto a los Automotores (altas, bajas y transferencias), pudiendo únicamente registrar aquellas

referidas al Impuesto de Sellos.

 

Tal interrupción en el servicio tendrá carácter temporario hasta tanto el organismo competente finalice la tarea de

actualización de la base de datos correspondiente, por lo que la operatividad del mismo les será informada

oportunamente por esta Dirección Nacional de manera circularizada.

 

Así las cosas, y hasta tanto se resuelva la cuestión planteada, corresponderá entregar la documentación registral

pertinente asentando en la Hoja de Registro la leyenda “Deberá regularizar la situación impositiva”, debiendo

los/as señores/as Encargados/as en los supuestos de inscripciones iniciales percibir el arancel correspondiente al

alta impositiva y reservar el Legajo B del dominio de que se trate -glosando el Formulario 13A- a los efectos de

proceder a la liquidación en el sistema A.R.A.S. cuando este se encuentre operativo.

 

En otro orden de ideas, se informa que en función de lo dispuesto por el artículo 45 de la Ley Impositiva N° 2023,

se ha cedido la administración de los automotores modelo-año 2012 a los Municipios en los términos previstos en

el Capítulo III de la Ley N° 13.010. En consecuencia, ARBA ha generado las adecuaciones necesarias a fin de

que el aplicativo A.R.A.S. permita realizar las operaciones sobre el Impuesto de Sellos para estos casos.

 

A tal efecto, aquellos Registros Seccionales que operen con el Sistema Unificado de Emisión y Recaudación de

Patentes (SUCERP), incorporarán a su operatoria los trámites referidos a este modelo-año, mientras que aquellos

que no operen con el mencionado sistema a nivel municipal, deberán aplicar las previsiones contenidas en la

Disposición DN N°401/2003 y complementarias.

A LOS SEÑORES ENCARGADOS E INTERVENTORES DE LOS REGISTROS SECCIONALES DE LA

PROPIEDAD DEL AUTOMOTOR Y DE LOS CON COMPETENCIA EXCLUSIVA EN MOTOVEHÍCULOS

DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES Y A LOS DE LOS REGISTROS SECCIONALES DE LA

PROPIEDAD DEL AUTOMOTOR Y DE LOS CON COMPETENCIA EXCLUSIVA EN MOTOVEHÍCULOS

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES .

 

S / D

Ricardo Jorge Berger
Jefe de departamento

Dirección de Fiscalización y Control de Gestión

Ministerio de Justicia y Derechos Humanos