Circular Informativa Nº293-2022 Area REGISTRAL Tema UIF NOTIFICACIONES Norma Publicación Fecha 05/12/2022
Circular Informativa
Nº293-2022
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Area
REGISTRAL
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Tema
UIF NOTIFICACIONES
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Norma
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Publicación
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Fecha
05/12/2022
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República Argentina – Poder Ejecutivo Nacional
Las Malvinas son argentinas
Circular
Número: IF-2022-130419162-APN-DNRNPACP#MJ
CIUDAD DE BUENOS AIRES
Viernes 2 de diciembre de 2022
Referencia: EX-2022-129676709-APN-DNRNPACP#MJ. UNIDAD DE INFORMACIÓN FINANCIERA (U.I.F.). NOTIFICACIONES Nros. 397 y 398.
CIRCULAR DN N° 23/2022
SRES./SRAS. ENCARGADOS/AS – INTERVENTORES/AS:
Me dirijo a Uds. con motivo de las Notificaciones N° 397 y N° 398 cursadas por la UNIDAD DE INFORMACIÓN FINANCIERA (UIF), vinculadas a las Evaluaciones Nacionales de Riesgo de Lavado de Activos (ENR-LA), Financiación del Terrorismo y Proliferación de Armas de Destrucción Masiva (ENRFT/FP) y a la Estrategia Nacional de Prevención y Combate de Lavado de Activos (ALA/CFT/CFP).
En efecto, la mencionada unidad alude a que el Comité de Coordinación para la Prevención y Lucha contra el Lavado de Activos, la Financiación del Terrorismo, y la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva (de la que resulta parte) aprobó la versión pública de las Evaluaciones Nacionales de Riesgo de lavado de activos (ENR-LA), la financiación del terrorismo y la proliferación de armas de destrucción masiva (ENR-FT/FP).
Que a partir de dichas elaboraciones se diseñó la Estrategia Nacional (ALA/CFT/CFP) que contiene acciones concretas a realizar en el período 2022-2024, frente a las amenazas y vulnerabilidades detectadas.
Que, en consecuencia, como parte del fortalecimiento del trabajo conjunto se previó una amplia difusión de las ENR’s (Evaluaciones Nacionales y Estrategia Nacional) a los actores del sistema en general y, a los Sujetos Obligados en particular, para comprender los riesgos a los cuales se encuentran expuestos y adoptar medidas preventivas, asignar recursos de modo más efectivo, etcétera.
En este sentido, se les recuerda que en su calidad de Sujetos Obligados (artículo 20, inciso 6º de la Ley N° 25.246, Resolución UIF N° 127/2012 y sus modificatorias) deberán adoptar las medidas y cumplir con los procedimientos establecidos por la U.I.F. para prevenir, detectar y reportar los hechos, actos, operaciones u omisiones que pudieran constituir delitos de Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo.
Por último se los invita a verificar diariamente en sus canales de comunicación digital la existencia de notificaciones como las que aquí se indican.
A LOS REGISTROS SECCIONALES DE LA PROPIEDAD DEL AUTOMOTOR, A LOS CON COMPETENCIA
EXCLUSIVA EN MOTOVEHÍCULOS, Y A LOS CON COMPETENCIA EXCLUSIVA SOBRE MAQUINARIA
AGRÍCOLA, VIAL O INDUSTRIAL Y DE CRÉDITOS PRENDARIOS.
María Eugenia DORO URQUIZA
Directora Nacional
Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad del
Automotor y de Créditos Prendarios
Ministerio de Justicia y Derechos Humanos