Circular Informativa Nº247-2022 Area SOCIEDADES Tema REUNIONES A DISTANCIA: FINALIZACIÓN DE LA EXCEPCIÓN PREVISTA PARA AQUELLAS ENT
Circular Informativa
Nº247-2022
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Area
SOCIEDADES
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Tema
REUNIONES A DISTANCIA: FINALIZACIÓN DE LA EXCEPCIÓN PREVISTA PARA AQUELLAS ENTIDADES QUE NO LO TIENEN CONTEMPLADO EN SUS ESTATUTOS
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Norma
RESOLUCIÓN GENERAL 8/2022
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Publicación
B. O.
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Fecha
18/07/2022
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Art. 1 – DESE POR FINALIZADO el período de excepción previsto en el artículo 3, de la Resolución General IGJ Nº 11/2020 para la celebración de reuniones de órganos de administración o gobierno realizadas a distancia, en los supuestos en que el estatuto social no las hubieran previsto.
Art. 2 – Se admitirán las reuniones del órgano de administración o de gobierno de sociedades, asociaciones civiles o fundaciones convocadas para ser celebradas a distancia bajo los términos de lo dispuesto de la Resolución General IGJ Nº 11/20, hasta 60 días hábiles administrativos posteriores a la fecha de publicación de la presente Resolución General.
Art. 3 – De forma.