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Circular Informativa Nº199-2022

Circular Informativa Nº199-2022 Area REGISTRAL Tema NOTIFICACIONES UIF Norma Publicación Fecha 07/04/2022

Circular Informativa
Nº199-2022
Area
REGISTRAL
Tema
NOTIFICACIONES UIF
Norma
Publicación
Fecha
07/04/2022
República Argentina – Poder Ejecutivo Nacional
Las Malvinas son argentinas
Circular
Número: IF-2022-33039111-APN-DNRNPACP#MJ
CIUDAD DE BUENOS AIRES
Miércoles 6 de Abril de 2022
Referencia: EX-2022-32422204-APN-DNRNPACP#MJ. NOTIFICACIONES DE LA UNIDAD DE INFORMACIÓN FINANCIERA.

CIRCULAR DN N° 7 /2022
RES./SRAS. ENCARGADOS/AS – INTERVENTORES/AS:
Tengo el agrado de dirigirme a Uds. con motivo de las Notificaciones N° 316, 317 y 318 cursadas por la UNIDAD DE INFORMACIÓN FINANCIERA (UIF), vinculadas a las “Jurisdicciones bajo monitoreo intensificado GAFI- Marzo 22”, “Jurisdicciones de alto riesgo del GAFI – Marzo 22” y “Conclusiones del Plenario del GAFI/Marzo 22”.
En efecto, la U.I.F. alude a que el GRUPO DE ACCIÓN FINANCIERA INTERNACIONAL (GAFI) identificó a las jurisdicciones de alto riesgo que tienen importantes deficiencias estratégicas en sus regímenes (“lista negra”), en cuyo caso refiere a que los Sujetos Obligados deben aplicar contramedidas -medidas de debida diligencia intensificada- en forma efectiva y proporcional a los riesgos identificados, en todas las relaciones comerciales y transacciones con personas humanas y jurídicas (entre ellas, las instituciones financieras) de los países incluidos en estos listados.
Del mismo modo, se hace mención a aquellas jurisdicciones que se han comprometido a resolver sus deficiencias estratégicas dentro de los plazos acordados y que se encuentran bajo monitoreo intensificado (“lista gris”).
Dicho esto entonces, se les recuerda que en su calidad de Sujetos Obligados (artículo 20, inciso 6º de la Ley N° 25.246, Resolución UIF N° 127/2012 y sus modificatorias) deberán adoptar las medidas y cumplir con los procedimientos establecidos por la U.I.F. para prevenir, detectar y reportar los hechos, actos, operaciones u omisiones que pudieran constituir delitos de Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo, considerando, además, comunicaciones como las que aquí se indican.
A LOS REGISTROS SECCIONALES DE LA PROPIEDAD DEL AUTOMOTOR.
A LOS CON COMPETENCIA EXCLUSIVA EN MOTOVEHÍCULOS, Y
Y A LOS CON COMPETENCIA EXCLUSIVA SOBRE MAQUINARIA AGRÍCOLA, VIAL O INDUSTRIAL Y DE
CRÉDITOS PRENDARIOS.
S / D.
María Eugenia DORO URQUIZA
Directora Nacional
Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad
del Automotor y de Créditos Prendarios
Ministerio de Justicia y Derechos Humanos