Perdieron las petroleras El Senado aprobó el viernes pasado la nueva Ley de Biocombustibles, que regirá en la Argentina hasta diciembre de 2030
Perdieron las petroleras
El Senado aprobó el viernes pasado la nueva Ley de Biocombustibles, que regirá en la Argentina hasta diciembre de 2030. Esta nueva norma reemplaza a la anterior, que había establecido las pautas para la elaboración y comercialización de biodiesel y bioetanol desde mayo de 2006.
La puja en el Congreso arrojó ganadores y perdedores, después de casi tres años de intensos lobbies en los que participaron los productores agropecuarios, los gobiernos provinciales, las petroleras y las automotrices.
* Biodiesel: Hasta ahora, la normativa obligaba a un corte mínimo del 10% de biodiesel en el diesel comercializado en la Argentina. La nueva Ley reduce ese corte obligatorio hasta el 5%, con excepción del biodiesel elaborado con caña de azúcar, que tendrá un mínimo obligatorio del 6%. Además, “cuando el incremento en los precios de los insumos básicos para la elaboración del biodiésel pudiera distorsionar el del combustible fósil en el surtidor, o ante situaciones de escasez por parte de las empresas elaboradoras”, el Estado tendrá la facultad de reducir el corte hasta el 3%.
* Bioetanol: Hasta ahora, la normativa obligaba a un corte mínimo del 12% de bioetanol en las naftas comercializadas en la Argentina. La nueva Ley mantiene el límite en el 12%, pero autoriza a reducirlo hasta el 9% cuando el Estado considere esas mismas condiciones de “incremento de precios de los insumos básicos” o “escasez”.
* Ganadores: Las empresas automotrices son las grandes ganadoras con esta nueva Ley, ya que lograron mantener y hasta rebajar los niveles de corte de biocombustibles en la Argentina. Las terminales agrupadas en Adefa habían denunciado que la Liga Bioenergética (integrada por las provincias de Santa Fe, Tucumán, Salta, Jujuy, Santiago del Estero, Córdoba, Entre Ríos y Buenos Aires) causaría problemas en los motores con su proyecto de elevar el corte obligatorio hasta el 17.5% para el biodiesel y el 15% para el bioetanol.
* Perdedores: Además de la llamada Liga Bioenergética, se encuadran en el grupo de los perdedores las compañías petroleras. La nueva Ley les prohíbe de manera expresa participar en el proceso de producción, elaboración y destilados de biocombustibles (ya sea biodiesel o bioetanol). Los productores, destiladores y distribuidores de hidrocarburos sólo podrán participar del negocio en la cadena de distribución y comercialización. Esta norma se estableció con “el propósito de proteger la diversidad de emprendimientos asociados al biocombustible”.
Cable de la Agencia Télam
Biocombustibles: las claves sobre el nuevo régimen que sancionó el Senado
El Senado aprobó el viernes a la madrugada, y convirtió en ley, el nuevo marco de la producción de biocombustibles. El mismo reemplaza al que funciona desde hace quince años y propone un corte del 5% para el gasoil y el biodiesel; y del 12% entre naftas y bioetanol, entre otras medidas.
El proyecto que crea un nuevo régimen de promoción del sector de biocombustibles, aunque con menores beneficios respecto al vigente, fue sancionado pese al rechazo de gran parte de la oposición en una votación que favoreció al Frente de Todos, que obtuvo 43 votos a favor, mientras que hubo 19 en contra.
El nuevo régimen tendrá vigencia hasta el 31 de diciembre de 2030 (con posibilidad de prórroga por cinco años más) y establecerá una reducción del 10 al 5% en el corte obligatorio mínimo para el biodiésel. Esta pérdida de beneficios fue la principal razón que esgrimió Juntos por el Cambio para oponerse a la reforma.
De acuerdo con la norma, la Secretaría de Energía podrá reducir el corte hasta el 3% “cuando el incremento en los precios de los insumos básicos para la elaboración del biodiésel pudiera distorsionar el del combustible fósil en el surtidor, o ante situaciones de escasez por parte de las empresas elaboradoras”.
Con el propósito de proteger la diversidad de emprendimientos asociados al biocombustible, la ley establece en forma taxativa que las empresas productoras y/o destiladoras de hidrocarburos no podrán ser titulares ni participar de empresas dedicadas a la actividad.
La norma a su vez fijó nuevos porcentajes de cortes para nafta y gasoil en relación con los distintos componentes que participen de su elaboración: en el caso de la nafta, pauta un mínimo obligatorio de 12% de bioetanol y una eventual reducción al 9%.
Para el gasoil el corte mínimo del biodiésel será de un 5%, con una eventual reducción al 3%, mientras que para el caso de la caña de azúcar deberá contemplar un mínimo de 6% de mezcla obligatoria.
Sobre las características de esta reglamentación, el secretario evaluó que “los niveles de corte definidos son el resultado del diálogo con los actores productivos, y tienen como objetivo sostener e incrementar la actividad, que es generadora de puestos de trabajo”.
Finalmente, la Secretaría de Energía quedó definida como autoridad de aplicación del régimen. Y además se contempla la creación de una “Comisión de Biocombustibles” con la participación de organismos nacionales y de un “Consejo de Provincias Productoras, dos instancias que permitirán monitorear el estado de la actividad y las necesidades de cada región del país.
FUENTE; AUTOBLOG.COM.AR 19/07/2021