Circular Informativa Nº 384-2020 Area REGISTRAL Tema NOTIFICACIONES Y ACUSES DE RECIBO (DENUNCIA DE VENTA Y CANCELACIÓN DE PRENDA A
Circular Informativa
Nº 384-2020
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Area
REGISTRAL
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Tema
NOTIFICACIONES Y ACUSES DE RECIBO (DENUNCIA DE VENTA Y CANCELACIÓN DE PRENDA ART. 25 INC. C)
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Norma
CIR DANJ 7/2020
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Publicación
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Fecha
25/09/2020
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República Argentina – Poder Ejecutivo Nacional
2020 – Año del General Manuel Belgrano
Circular
Número: IF-2020-64039029-APN-DNRNPACP#MJ
CIUDAD DE BUENOS AIRES
Jueves 24 de septiembre de 2020
Referencia: EX-2020-63430444- -APN-DNRNPACP#MJ Notificaciones y acuses de recibo
CIRCULAR D.A.N.J N° 7
SEÑOR/A ENCARGADO/A, INTERVENTOR/A
Me dirijo a Ud. con relación a las notificaciones que efectúan los Registros Seccionales en el marco de los trámites de Denuncia de Venta y Cancelación de Prenda peticionada en los términos del artículo 25, inciso c) de la Ley de Prenda con Registro.
En lo específico cabe recordar que una vez recibidos los acuses de recibo de las citadas notificaciones en las sedes registrales, comienzan a correr los plazos que, para cada caso en particular, prevé la normativa que rige en la especie y, una vez cumplidos, se producen los efectos pertinentes.
Ahora bien, en el marco de la extensión de “la emergencia pública en materia sanitaria establecida por Ley N° 27.541, en virtud de la Pandemia declarada por la ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD (OMS) en relación con el coronavirus COVID-19” que se dispuso mediante el Decreto N° DECNU-2020-260-APN-PTE del 12 de marzo de 2020, muchas de las diligencias que efectúan los correos se encuentran demoradas y, en algunos casos como los que nos ocupan, inconclusas.
Sentado lo expuesto, en tanto continúe la mencionada emergencia sanitaria, los Registros Seccionales podrán contar los plazos previstos en el D.N.T.R., Título II, Capítulo IV, Sección 1a , artículo 6° (denuncia de venta) y en el Capítulo XIII, Sección 6°, artículo 6° (cancelación de prenda), del mismo cuerpo normativo, a partir de la fecha de entrega de la notificación que surja del servicio web que ofrezca el correo que diligenció la comunicación de que se trate.
Saludo a Ud. atentamente.
A LOS REGISTROS SECCIONALES DE LA PROPIEDAD DEL AUTOMOTOR,
A LOS CON COMPETENCIA EXCLUSIVA EN MOTOVEHÍCULOS Y A LOS
CON COMPETENCIA EXCLUSIVA SOBRE MAQUINARIA AGRÍCOLA,
VIAL O INDUSTRIAL Y CRÉDITOS PRENDARIOS
S / D
Mariana Novo Moncote
Asesor Legal
Dirección Nacional de los Registros Nacionales
de la Propiedad del Automotor y de Créditos Prendarios
Ministerio de Justicia y Derechos Humanos