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Circular Informativa Nº 080-2020

Circular Informativa Nº 080-2020 Area IMPOSITIVA Tema REORGANIZACIÓN DE EMPRESAS. PLAZO EXCEPCIONAL PARA EFECTUAR LA COMUNICACIÓN A

Circular Informativa
Nº 080-2020
Area
IMPOSITIVA
Tema
REORGANIZACIÓN DE EMPRESAS. PLAZO EXCEPCIONAL PARA EFECTUAR LA COMUNICACIÓN A LA AFIP
Norma
RESOLUCIÓN GENERAL (AFIP) 4700 
Publicación
 B. O. 
Fecha
21/04/2020
 
Art. 1 – Acordar -con carácter excepcional- un plazo adicional de noventa (90) días corridos que se sumará al establecido en el artículo 4 de la resolución general 2513, para el cumplimiento de las obligaciones previstas en los incisos a) y b) de su artículo 2, a los contribuyentes y responsables que deben efectuar la comunicación de la reorganización de sociedades, fondos de comercio, empresas o explotaciones, establecida en el artículo 80 de la ley de impuesto a las ganancias, texto ordenado en 2019 y su modificación.  
 
Art. 2 – Las disposiciones de la presente entrarán en vigencia el día de su publicación en el Boletín Oficial y resultarán de aplicación respecto de todas aquellas reorganizaciones contempladas en el artículo 80 de la ley de impuesto a las ganancias, texto ordenado en 2019 y su modificación, en las que el vencimiento del plazo establecido en el artículo 4 de la resolución general 2513 hubiere operado y opere a partir del 20 de marzo de 2020, inclusive.  
Art. 3 – De forma. 
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